La Corte Suprema dictó una medida cautelar interina para suspender la derogación de la Ley de Tierras, poco después del cuestionado fallo en el que repuso el artículo del mega DNU de Javier Milei que habilitaba la venta de tierras sin límites a extranjeros.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina que suspende la derogación de la Ley de Tierras Rurales, poco después del cuestionado fallo en el que había repuesto el artículo del mega DNU de Javier Milei que habilitaba la venta de tierras sin límites a extranjeros.
La decisión se conoció en medio de las críticas que recibió el tribunal por su primera resolución y en la previa de la sesión convocada por la oposición en la Cámara de Diputados para intentar voltear el decreto completo.
La Corte dio marcha con voto en contra de Rosenkrantz
El tribunal suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, el que dejaba sin vigencia la Ley 26.737. Como consecuencia, vuelven a regir las restricciones para que personas extranjeras compren campos, con un tope del 15%. La medida regirá hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine el pedido de cautelar.
La resolución llevó la firma de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Por su parte, Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
Es que los tres integrantes del tribunal no alcanzaron la unanimidad necesaria para resolver, de modo que la Corte tuvo que convocar a dos magistrados designados por sorteo para desempatar.
Barroetaveña pertenece a la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, es cercano a Rosatti e integra el Consejo de la Magistratura. Pérez Curci es camarista federal en Mendoza y tiene como referente a Carlos Mahiques, juez de Casación y padre del actual ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
El fallo se publicó tras la reunión extraordinaria que convocaron para este viernes a las 9 de la mañana. El tribunal había abreviado los plazos legales para pronunciarse, por lo que en menos de 24 horas estaba en condiciones de resolver.
En su fallo, la Corte sostuvo que el planteo de la asociación actora versa sobre “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”, por lo que resultaba necesario dictar “una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables”.
La parte resolutiva establece: “Se dispone suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar”.
El expediente incluye un pedido de cautelar impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.
Rosenkrantz coincidió en que la legitimación invocada por Árbol de Pie es distinta de la que planteó el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM). Sin embargo, consideró que la Corte no tenía competencia para dictar una medida cautelar o interina en este expediente.
Por ese motivo, sostuvo que correspondía enviar la causa a la Justicia federal de Bariloche sin disponer ninguna suspensión. De haberse impuesto esa posición, los efectos derogatorios del artículo 154 habrían seguido vigentes mientras continuaba el trámite judicial.
La decisión de la mayoría es una protección provisoria y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras. Esa cuestión de fondo deberá ser analizada por la Justicia de primera instancia.
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Las demandas contra el artículo: CECIM y Árbol de Pie
La resolución del viernes se produjo diez días después de otra decisión del mismo tribunal sobre el mismo artículo del decreto. El 29 de septiembre de 2026, la Corte rechazó la demanda del CECIM, que cuestionaba la derogación de la Ley de Tierras por una presunta afectación de la soberanía nacional.
En aquel fallo, el tribunal entendió que la entidad no tenía legitimación activa para promover el reclamo. Con ese argumento dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del artículo 154 y, en los hechos, repuso la eliminación de los límites a la extranjerización de la tierra.
La Corte no se pronunció entonces sobre si el artículo era constitucional o no: se limitó a cuestionar la capacidad del CECIM para iniciar acciones colectivas. Sin embargo, las consecuencias del fallo provocaron una reacción inmediata.
Es que previamente la oposición en el Congreso había logrado que el oficialismo retirara de su proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, la sección del artículado que proponía modificar la normativa. Sin embargo, el fallo del máximo tribunal le daba al oficialismo exactamente lo que buscaba, e ignoraba a la multitud que se había movilizado.
El caso de Árbol de Pie tiene otro fundamento. La asociación y otros particulares iniciaron a fines de diciembre de 2023 un amparo colectivo ante la Justicia federal de Bariloche.
Pidieron que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 al considerar que la derogación de la Ley 26.737 afecta el derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Según los demandantes, eliminar esa norma pone en riesgo el uso racional de los recursos naturales, la preservación de la naturaleza y la diversidad biológica.
El trámite tuvo un recorrido irregular. El Juzgado Federal de Bariloche remitió el expediente a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada con la misma disposición del decreto. Luego el expediente llegó a la Corte sin que los tribunales anteriores se hubieran pronunciado sobre la legitimación de los actores ni sobre la medida cautelar solicitada.
Tras el fallo del CECIM, los representantes de Árbol de Pie pidieron a la Corte que aclarara si esa decisión también los alcanzaba, y reiteraron el pedido de protección cautelar. Sostuvieron que su amparo no debía correr la misma suerte porque invoca una legitimación diferente.
La Corte les dio la razón en ese punto: distinguió ambos expedientes porque uno se vincula con la protección del ambiente y el otro se fundó en cuestiones de soberanía. Además, señaló que el trámite había dejado sin respuesta los pedidos de los demandantes y que estaban comprometidos tanto el derecho a obtener una decisión judicial oportuna como la protección ambiental.
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¿La Corte Suprema salvó el resto del DNU 70/2023?
La resolución llegó en un momento delicado para el oficialismo. La oposición había convocado a una sesión en Diputados, prevista para el jueves 15, con el objetivo de voltear el DNU 70/2023 completo.
El bloque de La Libertad Avanza (LLA) atravesaba una situación complicada. Sus aliados en la Cámara baja presionaban para que el Gobierno diera una respuesta sobre las restricciones a la compra de tierras por parte de extranjeros.
Para contener el avance opositor, el oficialismo aceleró sus movimientos: convocó a comisiones para debatir el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que ya tiene media sanción del Senado, y se preparaba para incorporarle un capítulo o una disposición sobre la Ley de Tierras.
El Gobierno ya había sufrido un revés en el Senado, que transcurrió en medio de las críticas sobre el impacto en la soberanía y luego del episodio de la bandera de Malvinas exhibida por la selección argentina durante el Mundial de fútbol, que reavivó el reclamo por las islas.
La propuesta oficialista contemplaba originalmente elevar el límite a la compra de campos por parte de extranjeros del 15 al 25%, pero no prosperó en el Senado. Nada indicaba que tuviera margen para insistir con la misma fórmula. “El problema es que no puede ofrecer algo muy distinto de lo que ya ofreció en el Senado”, decían desde el bloque libertario.
Con ese panorama, una decisión favorable de la Corte permitía al oficialismo atender el reclamo de sus aliados sin asumir el costo político de retroceder por iniciativa propia. Además, lo eximía de negociar los topes con sus socios y con la oposición más dura, y de retomar un debate incómodo en las comisiones.
El fallo del viernes terminó por darle esa salida al oficialismo, justo antes de la sesión opositora. El Gobierno, que además busca darle curso al proyecto de Defensa de la Soberanía y evitar golpes políticos por los proyectos de discapacidad y morosidad incluidos en el temario de la sesión, llegará a la sesión con el fallo de la Corte como excusa.
