¿Conjueces?: El rechazo a la extranjerización de las tierras divide a la Corte

La Corte no logró acuerdo para resolver los reclamos contra la derogación de la Ley de Tierras en medio del rechazo que generó su reciente fallo: Carlos Rosenkrantz quedó a contramano de los otros dos magistrados, por lo que el tribunal tuvo que llamar a dos conjueces para definir su decisión.

La Corte Suprema de Justicia no logró un acuerdo interno para resolver los reclamos judiciales contra la derogación de la Ley de Tierras, en medio del rechazo social que generó su reciente fallo sobre el decreto 70/23 de Javier Milei. Ante esa falta de consenso, el tribunal tuvo que convocar a dos conjueces para que participen de la decisión.

Interna dentro de la Corte Suprema

El tribunal funciona actualmente con tres integrantes: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Las dos vacantes restantes completan los cinco miembros que prevé su composición. Como las sentencias requieren tres votos coincidentes, hoy solo pueden dictarse cuando los tres ministros están de acuerdo.

En este expediente, según informó la propia Corte, esa coincidencia no se dio. El tribunal indicó que “corresponde integrar esta Corte Suprema con dos (2) conjueces a fin de lograr el número necesario para fallar”.

El reclamo sobre el que deben pronunciarse fue iniciado el 28 de diciembre de 2023 por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina María Magdalena Odarda.

Es una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional que busca que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad del artículo 154 del decreto 70/23, que derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales, la norma que limitaba la venta de campos a extranjeros.

Tras el fallo de la Corte en la causa del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), los demandantes presentaron el 30 de septiembre un pedido de aclaratoria.

Solicitan que se precise si esa sentencia produce algún efecto sobre su expediente y cuál sería su alcance, ya que, sostienen, invocaron títulos de legitimación propios y distintos de los analizados en aquella causa.

Según La Política Online, Rosatti y Lorenzetti estarían dispuestos a admitir el planteo, mientras que Rosenkrantz se oponía. El portal habla de un malestar del magistrado por la protesta realizada en San Martín de los Andes, durante un encuentro de la Asociación de Magistrados.

Aparentemente, Rosatti y Lorenzetti pudieron evadir el escrache, pero Rosenkrantz quedó sin escapatoria porque su exposición coincidía con el horario fijado por los trabajadores que planificaron la protesta. Irritado por ese desplante, habría decidido convertirse en el tercero en discordia.

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Sin acuerdo, se sortearon dos conjueces

Con los tres ministros sin posición común, la Corte recurrió al sorteo de dos conjueces. El procedimiento se realizó este martes en la Secretaría Judicial n° 4 y, según el acta, las partes lo siguieron de manera virtual.

Actualmente no existe una nómina vigente de conjueces. La última lista fue conformada durante el gobierno de Mauricio Macri, venció y no se renovó durante las gestiones de Alberto Fernández ni de Javier Milei. Por eso, el sorteo se hizo entre los presidentes de las cámaras federales y nacionales de apelación de todo el país. En total, 20 bolillas entraron en el bolillero.

Resultaron designados como titulares Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Ambos titulares tienen trayectoria como penalistas y ya habían sido convocados antes como conjueces.

Además, integraban tribunales de la Asociación del Fútbol Argentino hasta diciembre del año pasado, cuando renunciaron luego de que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia pidiera a la Corte el cese de los jueces de esos organismos. Con esta integración de cinco miembros, la mayoría se computará sobre el quinteto.

Como suplentes quedaron Eduardo Farah, presidente de la Cámara Federal porteña, y Jorge Eduardo Morán, presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Vale recordar que el 29 de septiembre, la Corte revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que, en 2024, había declarado inconstitucional el artículo 154 del decreto.

Los tres ministros coincidieron en que el CECIM carecía de legitimación para plantear el caso. Con esa decisión, el artículo volvió a estar vigente y quedaron sin límites las compras de tierras por parte de extranjeros.

El tribunal informó que rechazó la apertura del caso “por la falta de legitimación de la actora y ausencia de caso o controversia“. También aclaró que la sentencia no implicaba pronunciarse sobre la validez constitucional de la norma.

El sorpresivo fallo causó un fuerte descontento social, que derivó en varias protestas contra los magistrados. También recibió críticas de dirigentes políticos y de juristas como Raúl Zaffaroni, Andrés Gil Domínguez, Roberto Gargarella y Gustavo Ferreyra.

La presión social fue tal que los jueces de la Corte luego publicaron un comunicado defendiendo su decisión y criticando a quienes los cuestionaban, calificando los reclamos como “discursos de odio”. 

La decisión no fue lo único llamativo. También llamó la atención que la Corte decidiera sobre el tema poco después de que la oposición en el Congreso se negara a eliminar los límites a la venta de tierras a extranjeros por vía legislativa, obligando al oficialismo a retirar el proyecto de ley.

Ahora, el tribunal ampliado deberá resolver el pedido de aclaratoria de Árbol de Pie y los demás actores. Los demandantes argumentan que su legitimación se apoya en la protección colectiva del ambiente, en el caso de la asociación, y en los derechos de las comunidades indígenas sobre sus territorios ancestrales.

Sostienen que ninguno de esos títulos fue analizado en el caso CECIM, que examinó la aptitud de esa entidad a partir de la soberanía territorial invocada como bien colectivo y de su estatuto.

Si la Corte les da la razón, deberá definir qué trámite darle al expediente. Una alternativa es devolverlo a la justicia federal de Bariloche o de La Plata; otra, que el propio tribunal trate la medida cautelar solicitada. Si no se la da, los demandantes pidieron que se expliciten los fundamentos y el alcance de lo resuelto respecto de ellos. La Corte no tiene plazos para expedirse.

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