Juicio por YPF: Preska cerró la demanda y dejó a los buitres sin argumentos contra la expropiación

La jueza federal de Nueva York anuló formalmente su sentencia en el juicio por YPF, revocando el fallo que obligaba a Argentina a pagar 16 mil millones de dólares y validando el procedimiento de expropiación de la petrolera, que hoy es el principal motor de desarrollo del país.

La jueza federal de Nueva York Loretta Preska dejó formalmente sin efecto la sentencia que obligaba a la Argentina a pagar 16 mil millones de dólares por la expropiación de YPF en 2012. La resolución, denominada amended final judgment (sentencia definitiva modificada), cierra el proceso ante su juzgado.

La decisión implica que al fondo de litigios Burford Capital, financista de la demanda, solo le queda recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos para intentar revertir el resultado. Sin embargo, el tribunal no está obligado a tratar el caso y no tiene plazos para pronunciarse.

El fallo también representa un aval al mecanismo de la expropiación de la empresa que se convirtió en el principal motor de desarrollo para el país, llevada adelante durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner y con Axel Kicillof como ministro de Economía. La Cámara de Apelaciones concluyó en marzo que el procedimiento se ajustó a la ley argentina.

Otro fallo que valida la expropiación de YPF

Preska adaptó su sentencia original a lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito el 27 de marzo de 2026. Con esa incorporación al expediente, la condena dictada en septiembre de 2023 quedó anulada.

Aquella condena era de 16.100 millones de dólares, monto que con intereses superaba los 18 mil millones. La jueza, que heredó la causa del fallecido Thomas Griesa, también desestimó el pedido de los demandantes de postergar el cierre formal del expediente mientras buscan llegar a la Corte Suprema.

La Cámara había revocado el fallo de primera instancia por mayoría de dos votos contra uno. Los jueces Denny Chin y Beth Robinson votaron a favor de la Argentina y José Cabranes disintió. Según el tribunal, la jueza había interpretado de manera errónea el derecho argentino.

Los camaristas establecieron que la ley de expropiaciones impide demandas de terceros que interfieran con el proceso expropiatorio. Agregaron que el estatuto de YPF no constituye un contrato bilateral entre accionistas que habilite reclamos por daños. La Cámara también mantuvo el rechazo de los reclamos contra la propia YPF, que no quedó alcanzada por la condena.

La vía de apelación ordinaria se agotó en junio, cuando el pleno de la Cámara rechazó un pedido de revisión. A comienzos de octubre, Burford presentó un recurso de certiorari ante la Corte Suprema. En ese escrito, el fondo calificó la decisión de la Cámara como “gravemente errónea, totalmente sin precedentes y de consecuencias extremadamente relevantes”.

La Corte Suprema debe decidir primero si acepta tratar el caso, y esa admisión no implica por sí misma una revisión del fondo. El tribunal recibe entre 7 mil y 8 mil peticiones por año y concede la revisión de unos 80 expedientes. Si rechaza el pedido, quedará firme el resultado favorable a la Argentina. Si lo acepta, se abrirá una nueva etapa judicial.

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¿Cómo se desarrolló el juicio tras la expropiación?

El conflicto se remonta a 2012, cuando el gobierno de Cristina Kirchner impulsó la expropiación del 51% de las acciones de YPF, que pertenecían a Repsol. El Congreso aprobó la medida, vinculada con la decisión de recuperar el control de la compañía, y Kicillof se encargó de instrumentalizarla.

Repsol llegó en 2014 a un acuerdo con la Argentina y recibió una compensación de unos 5.000 millones de dólares en bonos soberanos. Entre tanto, Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, vinculadas con el grupo de la familia Eskenazi, habían comprado una participación minoritaria en YPF con créditos cuyo pago dependía en parte de los dividendos de la petrolera.

Tras la expropiación y el cambio en la política de dividendos, las firmas enfrentaron dificultades financieras y terminaron en concurso en España. Otro ex accionista minoritario, Eton Park, se sumó al reclamo. En 2015, Burford adquirió derechos vinculados con la demanda de las sociedades Petersen, y el caso avanzó en los tribunales de Nueva York.

Los demandantes sostuvieron que, al tomar el control de YPF, el Estado debía haber lanzado una oferta pública de adquisición dirigida al resto de los accionistas, como prevé el estatuto de la compañía. Al no concretarse, reclamaron por los perjuicios económicos.

En septiembre de 2023, Preska aceptó esa interpretación y condenó a la Argentina a pagar unos 16.100 millones de dólares en concepto de daños e intereses. Habilitó además la entrega de acciones de la petrolera u otros activos embargables a Burford y Eton Park.

El Estado apeló y cuestionó la lectura del derecho nacional que sustentaba la condena. En marzo de 2026, la Cámara revocó el fallo, y en junio rechazó la revisión. Ahora llegó el cierre formal en primera instancia.

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Varios años de juicio, un mismo argumento

El resultado coincide con el argumento que el Estado argentino sostuvo durante todo el proceso, que viene remarcando que el estatuto de YPF no podía situarse por encima de las leyes de la Nación durante el procedimiento.

Esta postura trascendió a todas las administraciones nacionales y también es defendida por el hoy gobernador, Axel Kicillof. Ese punto fue el que aceptó la justicia estadounidense en segunda instancia y resultó clave para desarticular la demanda.

En cuanto al presidente Javier Milei, vale mencionar que si bien ahora celebra los resultados económicos relacionados con YPF, cuando se conoció la condena original priorizó su disputa política con el gobernador, al punto de dar por válidos los argumentos de los buitres.

“Haber llegado a esta situación es responsabilidad directa del inútil soviético de Axel Kicillof cuando era Ministro de Economía”, había dicho, “pasaron más de 10 años y los argentinos seguimos sufriendo las consecuencias del peor gobierno de la historia argentina”.

La sucesión de resoluciones judiciales terminó por dar la razón a la postura que sostuvo Kicillof: la revocación de la Cámara en marzo, el rechazo de la revisión en junio y ahora la anulación formal de la sentencia por parte de Preska.

La palabra final depende ahora de la Corte Suprema de Estados Unidos. Hasta que se pronuncie, la condena permanece anulada y el expediente de primera instancia queda formalmente cerrado.

Milei priorizó insultar a Kicillof en lugar de defender YPF ante el fallo que ordena entregar el control de la petrolera

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