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sábado, mayo 18, 2024

El Gobierno Nacional apelará el fallo que frenó la reforma laboral del DNU de Milei

Tras la medida cautelar dictada por el Poder Judicial, el Gobierno Nacional apelará la decisión de la Cámara del Trabajo que frenó la reforma laboral del DNU presentado por el presidente Javier Milei.

Este miércoles 3 de enero, la Cámara Nacional del Trabajo emitió un fallo en el que suspendió la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por Javier Milei.

Ante la decisión, el Gobierno -a través de la Procuración del Tesoro encabezada por Rodolfo Barra-, comenzó a preparar una presentación para apelar la decisión y solicitar que el tema se tramite en el fuero Contencioso Administrativo Federal.

El pedido de Barra se sustenta en los argumentos de la jueza Dora González, que había votado en minoría en el fallo cuestionado por el Gobierno. Según la magistrada, el caso debería tratarse en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, ya que ésta tiene en sus manos los expedientes contra el DNU.

"Se pedirá inmediatamente la incompetencia del Fuero del Trabajo, ya que en una discusión de competencias positivas cuando participa el fuero administrativo, corresponde al fuero administrativo saldar la decisión", argumentaron desde el Ejecutivo, y aseguraron que:

"Están desoyendo el criterio que adoptaron todos los otros tribunales del país, tanto en la ciudad como en el interior, que enviaron la causa al juez natural y universal que conoce en todos los asuntos".

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Si el pedido es aceptado, el órgano entrará en conflicto con la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, lo que devendrá en una intervención de la Corte Suprema (tribunal responsable de definir a quién corresponde el expediente).

¿Cuáles son los puntos en suspenso del DNU?

La cautelar suspendió la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23, a la espera de una "sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados".

Según el juez Alejandro Sudera, "no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso" o que "no se halla sujeto al control judicial".

Esta decisión, celebrada por la CGT, frenó los siguientes puntos del DNU:

  • Modificación del Régimen de Contrato de Trabajo
  • Habilitación del uso y abuso de la figura de monotributo
  • Caracterización del bloqueo y toma de establecimientos laborales como "injuria laboral grave"
  • No serán considerados empleados directos los trabajadores tercerizados
  • Eliminación de la cuenta sueldo y sus beneficios
  • Negociación en convenio colectivo de los Banco de Horas y Franco Compensatorios
  • Reducción de la indemnización del despido con causa
  • Habilitación de PyMEs y personas físicas al pago de las sentencias laborales en hasta 12 cuotas mensuales
  • Creación del “fondo de cese laboral
  • Aumento del periodo de prueba a 8 meses
  • Cambio de la actualización e intereses de créditos laborales sujeta al IPC y una tasa del 3% anual
  • Cambios en las cláusulas de aporte y contribuciones con destino sindical
  • Eliminación de multas por no registrar a un trabajador
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