12 C
Bahía Blanca
viernes, mayo 17, 2024

La Corte Suprema rechazó dos demandas contra el mega DNU de Javier Milei

La Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad los planteos presentados por el Gobernador de La Rioja Ricardo Quintela y el abogado Jorge Rizzo reclamando la inconstitucionalidad del mega DNU de Javier Milei.

Los jueces del máximo tribunal Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazaron de forma unánime dos planteos contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23.

El primero de ellos había sido presentado en diciembre de 2023 por el abogado Jorge Rizzo (representante de la Asociación Civil Gente de Derecho), que ya contaba con rechazos en primera y segunda instancia por no existir una "causa" o "controversia" que corresponda al Poder Judicial de la Nación resolver.

En este contexto, la Corte remarcó que ni él ni la asociación que preside "poseen un interés concreto o sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU", y remarcó que:

"La existencia de un caso judicial es una precondición para la intervención de los tribunales nacionales y constituye un requisito sine qua non de su accionar".

En cuanto a la medida cautelar presentada por el gobierno de La Rioja a través de los representantes legales de la provincia, Raúl Ferreyra y Eugenio Zaffaroni, el máximo tribunal resaltó que:

"La provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Constitución y 2° de la ley 27".

VOS PODÉS HACER TU APORTE
Si llegaste hasta acá es porque valorás nuestro medio y porque buscás fuentes de información alternativas a los medios corporativos que expresen otras voces. Ayudanos a construir más y mejor periodismo.

Colaborar

"La discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales", continúa el fallo.

Además, agrega que esto solo puede ocurrir "cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales".

Podría interesarte:

Las últimas noticias

Latest Posts

.links span { display:none }