En una nueva sentencia del cuarto juicio “La Escuelita” de Neuquén, Oscar Lorenzo Reinhold fue condenado por delitos sexuales contra uno de los cautivos del Centro Clandestino que operó en los fondos del Batallón neuquino. Cabe resaltar que Reinhold es uno de los imputados en la Megacausa Zona 5, que se está llevando adelante en Bahía Blanca.
A siete años de la finalización del IV juicio “La Escuelita” de Neuquén, y tras numerosas críticas por la cantidad de absoluciones y las bajas penas, los jueces decidieron condenar a Oscar Lorenzo Reinhold, Jorge Di Pasquale y Sergio San Martín, por violación. Se trata además del segundo fallo que los acusó por los abusos.
En el caso de Reinhold, quien ya recibió numerosas condenas, cabe destacar que en la actualidad está siendo juzgado en la Megacausa Zona 5, el mayor juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la historia de Bahía Blanca y la Provincia de Buenos Aires.
Historia detrás de las sentencias
El juicio en cuestión se llevó adelante en 2016, y para el momento de su finalización, se habían dictado 15 condenas y 4 absoluciones. Esto generó el descontento de la fiscalía federal y las querellas, que consideraron que se le restó credibilidad a los sobrevivientes que prestaron declaración durante las audiencias.
Luego de ser apelada, la causa llegó a instancias de la cámara de Casación Penal, que ordenó que se considere la imputación de torturas que no habían sido tenido en cuenta durante el proceso.
A esto se sumó el pedido de imputar la acusación de un sobreviviente que declaró en 2006 sobre las torturas que padeció en el Centro Clandestino “La Escuelita” de Neuquén.
En este contexto, a principios de julio de este año los jueces Alejandro Cabral, Marcos Aguerrido y Alejandro Silva determinaron que las torturas y reiteradas violaciones sufridas por un exempleado municipal de Cipolletti en 1977 fueron probadas.
Ya a fines de julio, los magistrados confirmaron la pena de prisión perpetua de Reinhold, que en ese momento se desempeñaba como jefe de Inteligencia del Comando de la Sexta Brigada.
Por otro lado, consideraron como partícipes necesarios de los delitos sexuales contra Gabriel Carmona a Di Pasquale y San Martín, a quienes sumaron años de condena.
Cabe recordar que hasta el momento la única condena por violación en los juicios de Lesa Humanidad en Neuquén había ocurrido en 2021, tras una denuncia de las hermanas Seguel, víctimas de un ataque sexual en el centro clandestino del V Cuerpo de Bahía Blanca, en el marco del secuestro en la comisaría de Cutral Co.
¿Qué dice la nueva sentencia?
Según indicó Cabral, “al inicio de estos procesos, los delitos sexuales se veían subsumidos en el delito de tormentos“. En ese sentido, “y con la evolución, adquirieron la autonomía que demandan“.
“Es importante dar lugar a la realidad de que no sólo las mujeres fueron víctimas de delitos sexuales durante la dictadura, sino también los varones”, agregó.
Por otro lado, expresó que “estamos en presencia de un varón, víctima de un delito de abuso sexual cometido en el año 1977“, que “guardó silencio por 30 años y en el año 2007 se lo contó a una Jueza Federal”.
Además, explicó que el primer tratamiento de la denuncia respondió al “paradigma de la época en donde los operadores judiciales” estaban “limitados por sus propios prejuicios y estereotipos de género“.
“La declaración de la víctima y el contexto de la instrucción, aportan los elementos necesarios para tener por probada la existencia del hecho“, remarcó.
Aunque la víctima falleció antes del tratamiento de su caso en las audiencias de 2016, a través de la nueva sentencia del IV Juicio se confirmó por primera vez la violencia sexual que hubo en el Centro Clandestino del Batallón neuquino.
Además, se retrocedió con las absoluciones de Reinhold, San Martín, Di Pasquale y Miguel Angel Cancrini por las torturas de Alicia Figueira de Murphy, Felipe Lara y Roberto Pailos.
También se revirtieron las absoluciones por las torturas cometidas contra Jorge Ruiz, Milton Gómez, Ramón Jure y Néstor Sáez.
Sin embargo, el fallecimiento de quien fuera el interventor militar de la policía, Osvaldo Laurella Crippa, del comisario Emilio Rosar y el oficial de inteligencia Jorge Molina Ezcurra, llevó a su sobreseimiento por muerte.
