La CGT marchó al Palacio de Tribunales para presentar una acción judicial contra la reforma laboral de Javier Milei, remarcando que varios de sus artículos son inconstitucionales, argumento que también se esgrimió en la primera demanda colectiva contra la ley.
La CGT se movilizó al Palacio de Tribunales para presentar una acción judicial destinada a frenar la implementación de la reforma laboral impulsada por Javier Milei y aprobada el viernes pasado por el Senado.
Dirigentes y delegados sindicales marcharon a Plaza Lavalle este lunes en una movilización que acompañó la presentación formal de recursos en el fuero laboral y en el contencioso administrativo federal, en una estrategia de doble vía diseñada para ampliar las posibilidades de bloquear la norma.
La central obrera no fue la única en recurrir a la Justicia. La Asociación Gremial de la Abogacía del Estado (AGAE) presentó de manera independiente la primera demanda colectiva contra la Ley, cuestionando la constitucionalidad de varios de sus artículos.
La CGT ante los tribunales: doble vía judicial
La estrategia legal de la Confederación General del Trabajo fue definida durante el fin de semana y supone una apuesta simultánea en dos frentes judiciales: el fuero del trabajo y el contencioso administrativo federal.
Los asesores legales de la central debatieron hasta último momento cuál era el camino más conveniente y finalmente optaron por avanzar en ambos, en lugar de concentrar el planteo en uno solo.
El lunes desde las 11 de la mañana, se congregaron en Plaza Lavalle en lo que fue descripto como una marcha “testimonial” hacia Tribunales, donde los abogados de la organización formalizaron las presentaciones. El gesto político buscó acompañar y visibilizar una decisión técnica que, según reconocieron desde la propia estructura sindical, no resultó sencilla.
El comunicado de la CGT sostiene que la reforma implica “una afectación grave de derechos colectivos e individuales” y que vulnera el principio de progresividad y el principio protectorio del derecho del trabajo, “ambos con fundamentos constitucionales e internacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica“.
El texto también apunta al artículo 14 bis de la Constitución Nacional, al que considera afectado en aspectos como la protección contra el despido arbitrario, el derecho a la huelga, la negociación colectiva y la libertad sindical.
Cristian Jerónimo, triunviro de la CGT, fue contundente al referirse al impacto de la norma: “Tiene un impacto totalmente regresivo en la vida de los trabajadores y en el mundo del trabajo”. Y agregó: “No estamos dispuestos a ceder nada. Hubo compañeros que dieron su vida por la defensa de los derechos de los trabajadores”.
Jorge Sola, otro de los integrantes del consejo directivo de la central obrera, también advirtió sobre las dificultades que enfrentará el Gobierno para sostener la ley en los tribunales: “Van a tener muchos líos; esta reforma tiene violaciones a conceptos de carácter constitucional y a la vuelta de la esquina se van a chocar contra otra pared de nuevo”.
El antecedente más cercano al que apela la CGT es el fallo de la jueza laboral Liliana Rodríguez Fernández de fines de 2023, que hizo lugar parcialmente a un amparo contra el capítulo laboral del DNU 70 dictado por Milei y declaró la inconstitucionalidad de seis artículos.
Sin embargo, la situación ahora es diferente: en aquella oportunidad se cuestionaba un decreto de necesidad y urgencia, mientras que la reforma actual es una ley sancionada por el Congreso, lo que le otorga un peso institucional mayor y obliga al sindicalismo a ajustar su argumentación hacia la inconstitucionalidad de artículos concretos.
Dentro de la propia estructura sindical hubo voces que expresaron reservas sobre acudir a los juzgados laborales nacionales, especialmente cuando esto significó no sumarse a las movilizaciones del viernes al Congreso.
Algunos dirigentes señalaron un clima de incertidumbre en ese ámbito, vinculado a la decisión del Gobierno de transferir ese fuero a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires, y advirtieron que ese contexto, sumado al mayor respaldo político y parlamentario con el que cuenta hoy el oficialismo en comparación con 2023, podría influir en el comportamiento de los magistrados.
Desde la Casa Rosada, los abogados del Estado ya trabajaban en una contraofensiva jurídica para defender la aplicación de la ley ante un eventual fallo adverso.
Las críticas a la calidad técnica del texto, por su parte, no provinieron únicamente del sindicalismo: el exministro de Trabajo Jorge Triaca señaló que “la redacción actual me parece difusa y menos clara que los antecedentes existentes, lo cual podría generar una mayor judicialización posterior a la sanción de la ley”.

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Paro nacional docente y respaldo de la central obrera
En el mismo día en que la CGT llevó su disputa a los tribunales, los triunviros Jorge Sola y Cristian Jerónimo convocaron por la tarde a una conferencia de prensa para expresar su apoyo al paro nacional docente que se llevó a cabo en 16 provincias.
Los gremios de educadores habían acudido a la paritaria nacional con el Gobierno, pero la reunión finalizó sin propuesta y pasó a cuarto intermedio. Sergio Romero, titular de Unión Docentes Argentinos (UDA), encabezó la conferencia secundado por los representantes de la CGT.
“La educación debería ser prioridad en la agenda de cualquier gobierno”, afirmó, aunque puntualizó que “lamentablemente hoy no sentimos que sea prioridad”. Romero también situó el conflicto en un contexto histórico: “En los últimos 20 años, el salario medio docente nunca estuvo tan bajo como ahora. Está más bajo en esta gestión de gobierno. Es preocupante”.
El dirigente docente detalló las características de la reunión paritaria que se llevó a cabo esa misma jornada: “Hoy después de un año convocaron a la paritaria docente a los sindicatos que tenemos representación nacional. Duró una hora y pasó a cuarto intermedio, sin propuesta. Estamos en el peor momento del salario docente. Estamos ante un hecho grave”.
En cuanto al alcance de la medida de fuerza, aseguró que el acatamiento “fue muy importante” y lo interpretó como una señal hacia el Gobierno: “Es una manera de decirle a las autoridades que dialoguemos, que busquemos soluciones. No puede haber un docente asalariado por debajo de la línea de pobreza. Habla mal de la gestión”.
Sola, por su parte, enmarcó el respaldo de la CGT en términos estructurales, al afirmar que la educación “es un tema central” porque representa “un modo de distribuir riqueza” y una herramienta de ascenso económico y social: “Esta CGT va a acompañar cada pelea que den los docentes en esa línea. Exigimos que sean escuchados”.
Jerónimo cerró la conferencia con un mensaje directo hacia los gremios docentes: “Les decimos a los gremios docentes que cuenten con esta organización y que esta pelea, tanto para la dignidad salarial y la justicia social, la vamos a volver a ganar como nos marca nuestra historia”.
Abogacía del Estado presentó una demanda colectiva
En paralelo a la movilización de la CGT, la Asociación Gremial de la Abogacía del Estado formalizó lo que se convirtió en la primera demanda colectiva presentada ante la Justicia contra la llamada “Ley de Modernización Laboral“.
La acción busca que el Poder Judicial declare la invalidez de varios artículos de la norma, al considerar que vulneran derechos laborales reconocidos por la legislación vigente y por la Constitución Nacional.
Desde la entidad, los representantes del gremio buscaron diferenciarse de un encuadre político y subrayaron el carácter jurídico de su presentación: “No se trata de una discusión política. Se trata de una discusión constitucional”.
El argumento central de la demanda apunta al mismo artículo que movilizó a la CGT: “El artículo 14 bis de nuestra Constitución protege derechos fundamentales que consideramos se encuentran vulnerados por la legislación aprobada”.
La acción de la AGAE abrió formalmente el primer frente judicial contra la reforma, en un contexto en el que distintas organizaciones habían anticipado que recurrirían a los tribunales para cuestionar los cambios introducidos por la nueva normativa.
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Aprobación de la reforma laboral en el Senado
El Senado convirtió en ley la reforma laboral el viernes 27 de febrero a las 22:35 horas, con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones, cerrando el período de sesiones extraordinarias convocado por el presidente Milei. Fue el séptimo tema que el oficialismo logró aprobar en el Congreso con la nueva composición legislativa.
La versión que obtuvo sanción definitiva fue la aprobada por la Cámara de Diputados el 19 de febrero, que eliminó el controvertido artículo 44 sobre licencias médicas.
Esa modificación mantuvo el esquema de pagos vigente para enfermedades o accidentes no laborales, descartando la propuesta original que establecía entre el 50% y el 75% del salario según el tipo de caso.
La ley, que cuenta con más de 200 artículos, introduce cambios en al menos cinco áreas: modalidad laboral, incentivos a la formalización, justicia laboral, beneficios para medianas inversiones y modificaciones impositivas.
En materia salarial e indemnizatoria, la norma incorpora el concepto de “salario dinámico” con pagos por mérito o productividad, modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido (excluyendo aguinaldo, vacaciones y premios) y establece un tope de hasta tres veces el salario promedio del convenio.
También crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con aportes patronales del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes (fondos que ya no recibirá ANSES), y habilita el pago de sentencias judiciales en cuotas de hasta 6 meses para empresas grandes y 12 para pymes.
Sobre la jornada laboral, permite extender la jornada diaria hasta 12 horas, con un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas. Se habilitan los “bancos de horas” y el fraccionamiento de vacaciones en períodos no menores a siete días.
En cuanto a las relaciones colectivas, la ley debilita la ultraactividad de los convenios colectivos y prioriza los acuerdos por empresa por sobre los sectoriales. Establece guardias mínimas obligatorias del 75% en servicios esenciales y del 50% en servicios trascendentales durante medidas de fuerza, y prohíbe directamente la huelga para las fuerzas de seguridad.
El período de prueba pasa de 3 a 6 meses en general (y a 8 meses en empresas de hasta 5 empleados), durante el cual el empleador puede rescindir el contrato sin indemnización, aunque debe registrar al trabajador desde el primer día.
La norma también deroga la Ley de Teletrabajo, elimina el estatuto del periodista profesional a partir de 2027, y crea la figura del “repartidor independiente” para plataformas digitales.