El juez Ramos Padilla aceptó la renuncia de José Luis Espert a su candidatura, pero finalmente rechazó el planteo de La Libertad Avanza para que Diego Santilli ocupe su lugar, lo que significa que Karen Reichardt quedará como la primera candidata de la nómina.
El juez federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, finalmente rechazó el reclamo de La Libertad Avanza para que Diego Santilli ocupe el primer lugar de la boleta en territorio bonaerense tras la renuncia del Diputado José Luis Espert.
El espacio que tiene como referente nacional a Javier Milei había buscado ampararse en la Ley de Paridad de Género para que Santilli pase del tercer lugar al primero. Sin embargo, Ramos Padilla determinó que la aplicación del artículo 7 del artículo 171/19 sería inconstitucional.
De esta manera, la segunda candidata, Karen Reichardt, será quien encabece la nómina de diputados, mientras que el dirigente del PRO pasará al segundo lugar de la lista. Gladys Humenuk, quedará tercera.
Horas antes de que se publicara el fallo habían corrido versiones sobre la posibilidad de que el juez ni siquiera aceptara la renuncia del economista (envuelto en un escándalo por sus vínculos con el narcotraficante Fred Machado), pero finalmente esto no ocurrió.
¿Qué dice el fallo de Ramos Padilla?
La resolución judicial se apoya en una serie de argumentos constitucionales y legales que impiden alterar el orden original de la lista mediante el corrimiento de nombres propuesto por el oficialismo.
El magistrado estableció que la ley no regula expresamente cómo debe efectuarse el reemplazo ante la renuncia de un candidato que encabeza una lista ya oficializada. En ese vacío legal, el Decreto 171/2019 pretendió establecer un mecanismo, pero según Ramos Padilla, esta norma excede las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo.
El juez enfatizó que el Código Electoral Nacional exige únicamente que las listas cuenten con una mujer y un varón intercalados en todos sus puestos desde el comienzo hasta el final, según establece el artículo 60 bis.
La renuncia de Espert no afecta este requisito de alternancia, por lo que aplicar el decreto generaría un efecto contrario al espíritu de las normas constitucionales que protegen la igualdad de oportunidades.
Uno de los puntos centrales del fallo es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Cámara Nacional Electoral ya habían declarado inconstitucional la aplicación de este mismo decreto reglamentario en el reemplazo de quienes encabezan listas de senadores, especialmente cuando la situación perjudicaba a una candidata mujer.
Ramos Padilla también consideró inadmisible que renuncias producidas en los últimos puestos de la lista modifiquen la posición de los primeros lugares. Esto se vincula con otro elemento que generó sospechas.
Además de la dimisión de Espert, el partido presentó las renuncias de dos mujeres: Lucía Elizabeth Bernardoni (número 34) y María Gabriela Gobea (suplente número 5), ambas con textos idénticos y alineadas políticamente con Espert.
Para el juez, resultaría contrario a las previsiones constitucionales habilitar que, a través de la renuncia de dos candidatas mujeres, la alianza pudiera forzar la mejora en la posición de todos los candidatos varones de la lista en perjuicio de las candidatas mujeres.
Esta interpretación contradice el espíritu de la Ley de Paridad de Género (27.412) y las medidas de acción positiva exigidas en los artículos 37, 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional, junto con los tratados internacionales con jerarquía constitucional.

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El planteo original y la apelación que se viene
La Libertad Avanza había solicitado que Diego Santilli, el ex vicejefe de Gobierno porteño proveniente del PRO, pasara a encabezar la lista, invocando precisamente el artículo 7 del Decreto 171/2019 que regula los reemplazos en las listas electorales.
La estrategia del oficialismo buscaba sortear el vacío legal existente apelando a esta normativa que, según su interpretación, permitiría el corrimiento ascendente de todos los candidatos tras la renuncia de quien encabezaba la nómina.
La fiscal federal María Laura Roteta ya había anticipado en su dictamen que no correspondía alterar el orden original y que el corrimiento ascendente debía respetar la alternancia de género prevista por ley.
Roteta sostuvo que la paridad constituye una acción afirmativa para reparar desigualdades históricas, y alertó que la interpretación pretendida por la alianza “agrandaría la brecha que la ley de paridad buscó achicar”.
El magistrado coincidió con este planteo y agregó que “el remedio no puede volverse en contra del propio colectivo protegido”, ordenando mantener el orden original de la lista con el movimiento natural ascendente de todas las candidaturas.
La Casa Rosada apelará la decisión, anticiparon fuentes oficiales ligadas al armador bonaerense Sebastián Pareja. La decisión es susceptible de ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral por los apoderados de LLA.
Sin embargo, el fallo llega a poco menos de tres semanas de las elecciones programadas para el 26 de octubre de 2025, lo que comprime los tiempos para una eventual reversión judicial, que sumaría una incertidumbre inédita al proceso electoral.
Sea como fuere, el Gobierno deberá trabajar en una nueva estrategia imaginando un escenario con Reichardt como cabeza de lista y Santilli en segundo lugar, una configuración que no era la pretendida por el oficialismo al momento de gestionar la salida de Espert.
El fallo tampoco incluye una definición sobre la reimpresión de las boletas. Ramos Padilla convocó esta mañana a los apoderados de los partidos para discutir la cuestión, aunque en el Gobierno descartan que prospere y anticipan que los bonaerenses se encontrarán en el cuarto oscuro con la Boleta Única Papel que ya fue impresa y tiene la imagen de Espert.
El juez dispuso notificar la decisión a la Junta Electoral que debe resolver sobre este pedido.
