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viernes, mayo 17, 2024

El juez Alejo Ramos Padilla procesó al periodista Daniel Santoro

El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla procesó al periodista Daniel Santoro y ordenó un millonario embargo en su contra. La medida de Ramos Padilla se da en el marco de la causa que investiga una red de espionaje ilegal, en la que están detenidos Marcelo D'Alessio y ex agentes de la AFI. Santoro fue procesado por presunta tentativa de extorsión y coacción, pero se le dictó falta de mérito respecto de la comisión de asociación ilícita.

Daniel Santoro procesado por tentativa de extorsión y coacción

El periodista de Clarín está siendo investigado por el caso del ex directivo de PDVSA, Gonzalo Brusa Dovat, y del empresario y dueño de la petrolera OPS, Mario Cifuentes.

Se trata de un procesamiento sin prisión preventiva,  y además, Ramos Padilla dispuso un embargo en su contra por 3 millones de pesos.

Por otra parte, Ramos Padilla pidió copia de los expedientes GNL, que investiga Claudio Bonadío, y de la causa "mafia de los contenedores" a cargo de Luis Rodríguez. Ambos tramitan en Comodoro Py.

La sospecha es que Daniel Santoro participaba de un grupo que extorsionaba a testigos e imputados en diversas causas. En su escrito, el juez de Dolores expresó:

"La vinculación y el interés que compartían Daniel Santoro y Marcelo D’Alessio en la denominada “Mafia de los contenedores” es verificable no sólo a partir de las reuniones en común, los documentos, las publicaciones sino también a partir de las entrevistas que el periodista le realizó a Gladys Fernández en presencia de Marcelo D’Alessio. Tan estrecha era la vinculación que la entrevista fue filmada en la ocasión por el hijo de Marcelo D'Alessio."

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Santoro: procesado sin prisión preventiva

El mismo Alejo Ramos Padilla se encargó de explicar por qué no es necesario que se determine prisión preventiva para Daniel Santoro.

En el art. 319 del Código Procesal Penal de la Nación se delimitan las razones que permiten dictaminar la prisión preventiva a una persona que goza del principio de presunción de inocencia. Las dos razones son el peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación.

Según Ramos Padilla, el procesado “se ha presentado ante el tribunal en su primer llamado a prestar declaración indagatoria, demostrando su voluntad de permanecer a derecho durante el trámite del expediente, por lo que, al menos de momento, no puede sostenerse que exista un riesgo de fuga por parte del periodista".

“Se trata de un periodista que tiene una actividad reconocida en un importante medio de prensa, con un fuerte arraigo con su profesión y su labor cotidiana, entre la que también se destaca su desempeño como docente, entre otras tantas, circunstancias más que suficientes para entender que, en el caso, el imputado no habrá de eludir la acción de la Justicia y habrá de estar a derecho cada vez que así sea requerido”.

Además, en otro pasaje del fallo, el magistrado de Dolores señala que "han sido los abusos de la prisión preventiva los que de algún modo también han dado lugar a las practicas que aquí se investigan, su dictado contribuiría a reproducir de una forma paradójica la problemática"

"Sólo mediante la colaboración conjunta de todos los actores democráticos –entre los que se destacan aquellos vinculados a los poderes políticos, judiciales y de prensa- se logrará abordar una solución a una relación problemática con los servicios y actividades de inteligencia que viene generando desde hace décadas un intenso desgaste para el Estado constitucional de derecho".

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