El presidente Alberto Fernández decretó la ampliación de la emergencia sanitaria a un año. La disposición ordena, entre los principales puntos, la suspensión de vuelos internacionales desde zonas afectadas por un plazo de 30 días, establece cuarentena obligatoria de 14 días y autoriza que se fijen precios máximos para insumos como barbijos y alcohol en gel.
El decreto presidencial dispone una batería de medidas que apuntan a contener los casos de infectados "autóctonos". La normativa lleva la firma del presidente y de todas y todos los ministros del gabinete nacional.
“Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica”.
Además, faculta al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación, permitiéndole "disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”; “difundir en medios de comunicación masiva y a través de los espacios publicitarios gratuitos asignados a tal fin en los términos del artículo 76 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, las medidas sanitarias que se adopten”; “realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad”; “recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas”, entre los puntos destacados.
También suspende por 30 días los vuelos internacionales provinientes de países afectados: todos los países de Europa, China, Corea del Sur, Irán, Japón, Estados Unidos e Irán.
Se establece la obligatoriedad de la cuarentena por 14 días para evitar el contagio, que se aplicará a todos los argentinos que vuelvan al país desde las zonas afectadas, así como para extranjeros procedentes de esos países.
Finalmente, Salud junto con el Ministerio de Desarrollo Productivo estará habilitado a "fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos" y "podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento".