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viernes, abril 19, 2024

Martínez De Giorgi sobreseyó a Oyarbide y Fernández y pone a la Causa Cuadernos al borde del abismo

Otro fallo judicial cuestiona el uso de las declaraciones de los "arrepentidos" en la causa de las fotocopias de los cuadernos. Ahora se trata de una resolución del juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, quien sobreseyó a Norberto Oyarbide y a Javier Fernández aludiendo "falta de pruebas". Anteriormente, el dictamen del fiscal Di Lello había cuestionado la utilización de la ley del arrepentido.

Las frases utilizadas por el juez Marcelo Martínez De Giorgi hablan no sólo de "falta de pruebas" sino también de "canto de sirena" y "excursión de pesca". La Causa Cuadernos, solventada en declaraciones de criminales "arrepentidos" está pronta a desplomarse y quedar como poco más que un recuerdo de años de persecución judicial y política.

Sobreseyeron a Norberto Oyarbide y Javier Fernández

Ambos habían sido procesados por el juez federal Claudio Bonadio, a pesar de que no habían sido mencionados en los supuestos cuadernos. No obstante, cuando el contador Victor Manzanares buscó ser aceptado como imputado colaborador, habló de encuentros con el ex juez federal y con el ex integrante de la Auditoría General de la Nación.

En esos encuentros, según Manzanares, se había arreglado como hacer zafar al Presidente Néstor Kirchner en una causa por enriquecimiento ilícito que tramitaba en el juzgado de Oyarbide. Manzanares nunca habló de pagos, coimas ni ningún tipo de dinero pagado a Oyarbide para tal fin.

Para Martínez de Giorgi nunca pudo delimitarse el delito a investigar:

“La genérica referencia como materia de investigación a (…) las distintas reuniones que habrían mantenido Oyarbide y Fernández con ex funcionarios nacionales, con propósitos desconocidos al día de la fecha, no satisface en modo alguno el presupuesto necesario para dar inicio a la investigación.

“(...) no se describe en forma clara, precisa y circunstanciada cuáles habrían sido esas reuniones, quiénes habrían participado de ellas, cuáles habrían sido sus propósitos y, menos aún, qué significancia típica, al menos conjeturalmente, podrían tener esos encuentros”.

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En el fallo, los dichos de Víctor Manzanares no coinciden en el tiempo con el relato del chofer Oscar Centeno y tampoco se encontraron pruebas que respalden lo manifestado por el contador.

¿Uso exclusivo de las declaraciones de arrepentidos como prueba?

De manera similar al dictamen del fiscal Di Lello en otra de las causas derivadas de Cuadernos, ahora De Giorgi destrozó el uso de las declaraciones de los "arrepentidos" como prueba suficiente.

“Ante la carencia de otra prueba concreta que la avale (a la declaración), bastaría con que en un futuro se contradijera para fulminar su valor como prueba dirimente”.

En el fallo, el juez remarca que “en las anotaciones de Centeno no existe ninguna referencia en la que se ubique a Norberto Oyarbide y Francisco Javier Fernández en el mismo ámbito temporal-espacial. Quien establece ese vínculo es Víctor Manzanares en su declaración como arrepentido”.

Además, “mientras los relatos de Centeno datan de los años 2013 y 2015, los dichos de Manzanares ubican los sucesos (…) en el año 2009, es decir en un período muy anterior” a las supuestas reuniones. El juez también resalta que los entrecruzamientos de llamados que se ordenaron en la causa tampoco encuentran “nexo temporal” con el momento de los supuestos delitos.

El fallo alerta que “la piedra basal de esta pesquisa está constituida por las anotaciones” de Centeno, pero que ni esos escritos ni los dichos de Manzanares pudieron ser acreditados por otras pruebas.

“Un análisis más profundo permite concluir que no se trata más que de un canto de sirenas, de un espejismo”.

Además, De Giorgi señala que se deben refrendar los dichos de un arrepentido con tras pruebas, algo que señala como obvio, y fundamenta en la contradictoria versión del mismo Centeno sobre el destino de los cuadernos originales.

“La fragilidad de este tipo de prueba ha quedado en evidencia en tiempo reciente, ante el público y notorio hallazgo de los que serían los originales de los “cuadernos de la corrupción”, sin perjuicio de que, de manera previa, en sede judicial Oscar Centeno había reconocido haberlos incinerado”. Para el juez, “estas circunstancias dejan al descubierto la inconveniencia de edificar la imputación de conductas delictivas basándose exclusivamente en dichos de arrepentidos”.

 

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