Anularon el sobreseimiento de Milei en la causa que lo investiga por acusar de "ensobrado" a Fontevecchia

La Cámara Federal porteña revocó el sobreseimiento de Javier Milei en la causa que lo investiga por sus agravios contra el periodista Jorge Fontevecchia, y ahora el Presidente deberá decidir si retractarse de sus dichos o ir a juicio.

El camarista de la sala I del Tribunal de Apelaciones, Eduardo Farah, emitió un fallo en el que anuló el sobreseimiento del Presidente Javier Milei en el marco de la causa que lo investiga por acusar al periodista Jorge Fontevecchia de ser un “ensobrado” que “vive de la pauta”.

Además, decidió apartar del expediente al juez que dictó el sobreseimiento, Sebastián Ramos, argumentando que anticipó su opinión. Ahora el libertario deberá decidir entre retractarse de sus dichos o ir a juicio.

El ataque contra el fundador de Editorial Perfil sucedió durante la participación del mandatario en el programa “Multiverso Fantino”, emitido en “Neura Media” y la radio FM 89.7, el pasado 8 de abril de 2024.

En diálogo con Alejandro Fantino, aseguró que Fontevecchia “vive de la pauta” y es un “ensobrado”. Ante sus dichos, el periodista demandó a Milei y su defensa argumentó que las expresiones fueron:

Objetivamente injuriantes, que tienen un significado altamente ofensivo, deshonroso y desacreditante, al efectuarle imputaciones peyorativas y ridiculizantes que afectaban su reputación”.

La denuncia quedó en manos del hoy apartado juez Ramos, quien había indicado que “es innegable que el querellante cuenta con los recursos para contestar, responder y replicar acusaciones y/o críticas como las sometidas a estudio”.

Luego, el magistrado sobreseyó al Presidente alegando la inexistencia de delito y dando lugar a los argumentos de la defensa de Milei, que había sostenido que esas expresiones formaban parte del “interés público”. Además, la defensa había hecho hincapié en la condición de “personalidad pública” del empresario.

Jorge Fontevecchia

El fallo de Farah

En este contexto, y tras la apelación de la defensa del periodista, Farah consideró que la “resolución es nula, por extemporánea (prematura) y por confusa y genérica“, y apartó a Ramos por “haber anticipado opinión”. En ese sentido, remarcó que:

“La decisión apelada exhibe entonces un vacío argumental que la priva de sentido, dogmática, por ende, arbitraria y, por ello, nula”.

Según Farah, el juez desplazado “evitó la instancia procesal llamada por ley para que el propio denunciado expusiere cuanto tuviese para decir al respecto, sobre el contenido y sentido que le quiso dar a cada una de sus expresiones, sobre el contexto que lo habría rodeado”.

Asimismo, consideró que Ramos debió atender “las implicancias que tiene la jurisprudencia referida a la protección de la privacidad y de la libertad de prensa, máxime cuando ello podría eventualmente generar responsabilidad internacional”, al tiempo que concluyó que:

“Este análisis podrá -en el momento procesal oportuno- llegar a la conclusión de que todos son asuntos de ‘interés público’ y por ende no punibles para el art. 110, Código Penal. Pero para ser válido, tiene necesariamente que considerar todas las aristas mencionadas“.

¿Qué sigue para Milei?

Según el abogado de Perfil, Marcelino Cornejo, ahora la causa continuará en el juzgado que subroga Julián Ercolini. Aunque Milei tendrá la oportunidad de retractarse de sus dichos para evitar la continuidad del juicio, el letrado descartó esta posibilidad.

Asimismo, destacó la decisión de anular el fallo. En particular, bajo el argumento de que “no alcanza con alegar que una persona es pública o si es una cuestión de interés pública para cualquier cuestión abstracta, tiene que ser algo más concreto“.

Tuvo en consideración argumentos de la apelación nuestra que enriqueció sobre resoluciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que se prevé que los funcionarios públicos gozan de libertad de expresión pero tienen un deber y diligencia que el hombre mayor. Cuando dice ‘quebrador serial’, un funcionario público es un hombre de mucha credibilidad entonces la responsabilidad es mayor”, opinó.

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