El gobierno oficializó la modificación en el esquema de retenciones a productos del sector primario, que incluye un sistema de compensaciones para los productores de soja que hayan cosechado menos de 1.000 toneladas en la última campaña. El decreto 230 está firmado por el Presidente Alberto Fernández; el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el Ministro de Economía, Martín Guzmán, y Luis Basterra.
En los considerandos del decreto se establece que:
“Resulta fundamental establecer políticas inclusivas de la actividad exportadora de las economías regionales que mejoren su desempeño y que incrementen la competitividad de la exportación de bienes y servicios a medida que mayor sea su valor agregado”.
Además, se explica que “resulta imprescindible mejorar los ingresos fiscales en un contexto económico de endeudamiento, alta inflación, recesión creciente, desempleo generalizado y emergencia alimentaria”.
“Por los motivos expuestos deviene necesario modificar transitoriamente las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que forman parte de la cadena agroalimentaria”.
También se indica que “el artículo 52 de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar los límites allí previstos”.
En consecuencia, las retenciones a la soja suben de 30% a 33%, mientras que las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; los derechos de exportación del maní bajan de 12% a 7%; los de la harina de trigo, de 9% a 7%; para el girasol, de 12% a 7%, e incluso para el girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.
Además se reducen las retenciones al maíz pisingallo de 9% a 5%; al arroz paddy, de 12% a 6%; y al arroz pulido, de 9% a 5%.
El nuevo esquema establecido por el Gobierno destinará una parte de la recaudación extra a la compensación de tres de cada cuatro productores de soja, cuya producción no haya superado las 1.000 toneladas en la campaña previa.


