El gobierno apuesta a una fórmula que indique cuándo deben cerrar las escuelas

Con el antecedente del fallo de la Corte que aseguró que el DNU del Presidente Alberto Fernández carecía de criterios científicos que demostraran el peligro de contagio de COVID en la circulación, ahora el gobierno apuesta a hacer ley una fórmula que defina cuando hay peligro epidemiológico para suspender la presencialidad de las clases.

Tal vez con la certeza de un fallo adverso de la Corte Suprema en el pleito sobre la presencialidad escolar en la Ciudad de Buenos Aires, que llegó tres días después, el sábado Alberto Fernández prorrogó hasta el 21 de mayo las restricciones a la circulación por el brote de casos de Covid-19 mediante un decreto que definió con precisión los criterios sanitarios utilizados y los incorporará en un proyecto de ley que llegará en los próximos días al Congreso.

Con esos datos definidos en un DNU distinto al que Larreta llevó a la Corte, en el Gobierno entienden que la Ciudad no se está ajustando a derecho y debería volver a pedir la opinión del máximo tribunal para no permanecer en desacato. Lo mismo ocurriría si los parámetros sanitarios se consolidan en una ley.

La Corte dijo que los criterios se aplicarían a futuro si el DNU se hubiera prorrogado. Pero no se hizo eso y el nuevo no habla de AMBA, sino de métricas y de riesgos epidemiológicos“, diferencian.

Destacan además que los supremos incorporaron “el concepto de concurrencia y es lo que acaba de ocurrir porque los parámetros necesarios los definió el Consejo Federal de Educación (Cofesa)“, un organismo permanente integrado por todos los ministros de las provincias, entre ello el de la Ciudad de Buenos Aires.

Para cubrirse de nuevos planteos en los tribunales, el proyecto que escriben en la Rosada fijaría en forma permanente “parámetros objetivos” utilizados para aplicar restricciones, que Alberto en su anuncio del viernes definió como “criterios científicos, claros y precisos“.

El dato que definirá cuánta gente debe hacer cuarentena es la tasa de incidencia acumulada, una fórmula que consiste en dividir el número de casos entre las personas que estaban libres de la enfermedad en un período determinado, que el Gobierno estipuló en 14 días.

De ese modo se comprueba la velocidad de los contagios y el riesgo de un colapso sanitario. Y si bien suele usarse en ciudades de 100 mil habitantes, también se contempló en las de 40 mil, mientras que las más pequeñas seguirán con indicadores artesanales.

Así se desprende del artículo 3 del decreto 287, que es el publicado el 1 de mayo y sería replicado en el proyecto de ley pronto a llegar al Congreso. Definió los parámetros sanitarios entre “bajo“, “mediano” y “alto riesgo epidemiológico“; y de “alarma” cuando hay un colapso total.

El riesgo bajo es cuando hay una tasa de incidencia acumulada de 50 en 100 mil habitantes y una razón de casos (aumento de contagios) de 0.8. El medio alcanza 1.2 y una tasa de hasta 150; el alto si supera esas cifras o si reduce el índice y llega a 250 en la incidencia acumulada, un parámetro que ya superaron las principales ciudades del país y en los países que se usó este sistema, como España, implica una restricción de la circulación casi total.

Pero la fórmula más polémica que se debatirá en el Congreso es la que declara alarma epidemiológica y sanitaria, para la cual en los últimos 14 días se debería haber alanzado una tasa de incidencia acumulada de 500 y el 80 por ciento de las camas de terapia intensiva ocupadas.

La Ciudad de Buenos Aires supera con creces esos números y si la ley llegara a sancionarse debería aceptar una cuarentena total o entrar en desacato.

“Un informe del Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) dice que cuando la circulación medida en 14 días acumulados de casos está por arriba de 400, o de 200 en siete días, las medidas de restricción a la circulación son fundamentales”, explicó el diputado del Frente de Todos Pablo Yedlin.

Cuando la Corte Suprema dice que no hay datos suficientes, eso es falso, porque Uruguay, Chile, Estados Unidos, Inglaterra, Israel, España, Italia suspendieron las clases presenciales“, completó el tucumano, durante el debate de la bicameral de trámite legislativo que dictaminó este miércoles el último decreto presidencial que cerró escuelas.

El anterior, que Horacio Rodíguez Larreta llevó a la justicia, no definió criterios sanitarios y ante el fallo de la Corte Alberto corrigió ese error y los estableció con métricas precisas, que podrían retocarse si así lo considera un equipo de expertos y el consejo federal de la salud, el Cofesa.

En Juntos por el Cambio no hay voluntad de introducirse en un debate que puede dejar mal parado al jefe de Gobierno.

“Bajo ningún punto de vista vamos a conceder facultades extraordinarias para disponer de la libertad de los argentinos o avasallar las autonomías de las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, anticipó el viernes el jefe de los diputados Mario Negri.

El proyecto llegaría esta semana o a inicios de la próxima, con la expectativa del Gobierno de aprobarlo antes del 21 de mayo, cuando vence el último DNU.

La llave de la votación la tendrá una vez más el gobernador de Córdoba Juan Schiaretti, con cuatro diputados en su haber y los partidos provinciales, habituales aliados del oficialismo, están dispuestos a respaldar si se elimina definitivamente el sistema de fases y les permiten focalizar las restricciones donde están los contagios.

Lo que sí zanjó la Corte es que la Ciudad de Buenos Aires tiene el mismo estatus que las provincias, un rango que en el Gobierno se animaron a desafiar cuando el procurador del Tesoro Carlos Zannini pidió sin éxito que el pleito se resolviera en tribunales inferiores.

De todos modos, autonomía no significa independencia“, diferencian en la Rosada y estiman que el debate será una convocatoria al diálogo político. Nada fácil de lograr.

Mencionadas en esta nota:

Las últimas noticias

Seguinos en redes

Offtopic: