La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue sobreseída en el marco de una causa en la que estaba acusada por supuesta “insolvencia fraudulenta” para evitar embargos judiciales. La sentencia corresponde al juez federal Luis Rodríguez.
Cristina había sido acusada de transferir bienes, cuentas bancarias y acciones de sociedades a sus hijos, con el objetivo delictivo de evitar embargos en causas penales.
No obstante, tras una serie de medidas de pruebas, el magistrado Rodríguez manifestó que la cesión de derechos hereditarios gananciales que la vicepresidenta realizó en favor de Máximo y Florencia Kirchner ocurrió con anterioridad a su procesamiento y embargo.
En el fallo que tiene fecha del 17 de diciembre, Rodríguez escribió:
“Sin perjuicio de cuándo fue publicada la `noticia´ y de cuáles eran para ese entonces los autos de méritos decretados en los expedientes sustanciados en su contra, conforme se encuentra acreditado en la presente causa (mediante copias de la escritura correspondiente) la cesión de derechos hereditarios gananciales” de la ex presidenta en favor de sus hijos “tuvo lugar el 10 de marzo de 2016”.
“En esa fecha no solo no se encontraba procesada -ni se había decretado embargo alguno sobre sus bienes- sino que ni siquiera había prestado declaración indagatoria. Sí se encontraba convocada a hacerlo (el 26 de febrero anterior había sido convocada para el 13 de abril siguiente) en la causa conocida como dólar futuro”.
El magistrado también afirmó que la denuncia impulsada por el fiscal Carlos Stornelli revestía asimismo un inconveniente relacionado con el tipo legal:
“Cabe recordar que el delito de insolvencia fraudulenta no se tiene como objeto para punir al insolvente, sino al deudor fraudulento que finge insolvencia o que realiza actos dispositivos de su patrimonio con el único propósito de eludir una obligación civil. Ello no ocurrió”.
En ese sentido, el juez federal con asiento en Comodoro Py afirmó que “no solo el patrimonio de Cristina Fernández, sino el de la sociedad conyugal toda se encuentra al alcance del Estado si es que con él se debe responder a cualquier tipo de obligación que un accionar ilícito (que de momento no ha sido comprobado) pudiera, en un futuro, llegar a ameritar”.