Anulan la causa contra Cristina Kirchner por el supuesto uso irregular de los vuelos presidenciales

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió anular la causa contra Cristina Fernández de Kirchner por el supuesto uso de vuelos presidenciales para su beneficio personal, que había sido impulsada por el fallecido juez Claudio Bonadio. Además, decidió apartar a los jueces Bruglia, Bertuzzi y Llorens.

Este martes, el máximo tribunal penal dio lugar al planteo de los abogados de la Vicepresidenta y resolvió anular todo lo actuado en la causa que se desprende del caso “Cuadernos”.

En este contexto, Cristina Kirchner venía siendo investigada por la utilización de vuelos presidenciales para transportar muebles y diarios al sur. La Cámara Federal, sin embargo, consideró que el transporte de diarios no implica delito, ya que el acceso a esta información era parte de su función presidencial.

La resolución emitida por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal lleva la firma de Guillermo Yacobucci (quien rechazó el planteo), Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, e implica declarar la nulidad de lo actuado por Bonadio.

Además, se resolvió apartar a Leopodo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, quien había promovido el desafuero y detención de Cristina Kirchner.

Los argumentos de Casación

Según indicaron los jueces, Bonadío se había quedado con la investigación de un expediente en el que obró como denunciante, lo que viola el derecho a ser juzgado por un juez imparcial. En este contexto, Slokar remarcó que:

El incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante –luego ocurrido por vía de recusación– vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido”.

Es por esto que “debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa”, agregó.

Por su parte, Ledesma detalló que “constituye un presupuesto del tribunal imparcial la prohibición de que forme parte de él ‘quien haya intervenido, de cualquier modo, o en otra función o en otra instancia de la misma causa'”, aludiendo a la regla 4ª, 2 del Proyecto de Reglas Mínimas de la Naciones Unidas para el procedimiento Penal. Así, señaló que:

“La actuación del magistrado denunciante como juez del caso, ha transgredido la garantía de imparcialidad del juzgador, principio estructural básico para dotar de validez al procedimiento penal en un Estado de Derecho”.

En el caso de Yacobucci, el juez consideró que la apelación de la defensa no se refería a una “sentencia definitiva o equiparable a tal”, por lo que la consideró “inadmisible“.

Contexto

La investigación en cuestión es un desprendimiento de “la causa de los cuadernos”, impulsada por Bonadio bajo la hipótesis de que la entonces Presidenta llevaba dinero a Santa Cruz desde Buenos Aires a través de los vuelos presidenciales.

En este marco, el juez citó a los pilotos de los aviones oficiales. De sus declaraciones surgió que se trasladaron que se habrían trasladado diarios y muebles, lo que llevó a la creación de esta causa, en la que resultó sorteado el propio Bonadio.

Cuando Cristina Kirchner se refirió al respecto en Comodoro Py, indicó que:

“Esta versión no es novedosa, ya que desde hace años, siempre los mismos denunciantes y siempre los mismos medios de comunicación, vienen repitiendo la misma versión que, incluso para algunos, adquirió el carácter de leyenda“.

Bonadío interviene ilegítimamente en esta investigación“, agregó, “iniciada en base a supuestas pruebas recabadas en la ‘causa de las fotocopias’“.

Entre tanto, el juez consideró que “los hechos investigados fueron producto del antojo de un funcionario y la condescendencia de otro“, y “comenzaron a gestarse a partir de la tardanza de un vuelo comercial en el cual se enviaban hasta entonces”. Según Bonadio:

“No cabe duda de que, cuanto menos en el caso del traslado de los diarios, Oscar Parrilli no solo estaba al tanto de los envíos sino que era quien los ordenaba”.

Posteriormente, en noviembre de 2019, la Sala I de la Cámara Federal decidió confirmar el procesamiento de Cristina Kirchner por el uso particular de los aviones durante su gestión presidencial. Esta resolución fue anulada por Casación por la violación del principio del “juez natural”.

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