Alejo Ramos Padilla cuestionó al fiscal de la causa que investiga por obstaculaciones

El ex AFI “Rolo” Barreiro declaró extensamente durante tres días ante Ramos Padilla y pidió que se lo reconozca como arrepentido para seguir aportando información sobre la causa por la que ya está detenido el falso abogado Marcelo D´Alessio y el fiscal Carlos Stornelli fue declarado en rebeldía. Sin embrago, el fiscal Juan Pablo Curi viene objetando ese pedido.

Ayer jueves, Ramos Padilla una resolución en la que cuestiona en duros términos a su fiscal, aunque reconoce que el mecanismo establecido por la ley establece que quien primero debe acordar la declaración como arrepentido con el imputado es el fiscal, medida que luego puede ser homologada por el juez.

Los argumentos de Curi para negarse son que, en tanto Barreiro reportó en la AFI, primero el Poder Ejecutivo debe levantar el “secreto” que le corresponde como agente de inteligencia, que aún no está resuelta la competencia de territorialidad sobre la causa y la presunta falta de acceso a toda la prueba procesada en el expediente.

La resolución del magistrado de Dolores desmiente estos planteos punto por punto, afirmando que quien está en mejores condiciones de decidir si una declaración como arrepentido puede violar o no el principio de confidencialidad es el propio Barreiro, quien aseguró que sus dichos se limitarían al período en que ya no trabajaba en la AFI, respecto de lo que Ramos Padilla consideró: “Si se soslayara tal razonamiento, no se le podría nunca recibir declaración testimonial a un médico o un abogado sin relevarlos del secreto profesional que deben guardar respecto de todos sus pacientes o asistidos, análisis que no soporta el más mínimo test de racionalidad”. Luego añadió que “el deber de confidencialidad no podría menoscabar el derecho a la defensa, ni obturar la denuncia de eventuales delitos”.

Ramos Padilla también aseguró que todas las pruebas están disponibles para las partes: “Ya se ha informado –en reiteradas ocasiones– al Sr. Fiscal que la totalidad del material probatorio puede ser consultado en todo momento en la sede de este Tribunal, por lo que no es motivo válido para impedir que el ex espía ingrese al régimen de Imputado colaborador”. Y agregó: “Si aplicáramos el razonamiento propuesto por el Dr. Curi, nunca podría constituirse un imputado en arrepentido mientras resten medidas de prueba por producir, lo que, notoriamente, atenta contra la letra y los fines con los que fue sancionada la Ley 27.304, y vulnera el acceso de los imputados a los derechos que dicha norma otorga”.

Por último, respecto de la competencia del tribunal de Dolores, le recordó a Curi que él ya definió y se declaró competente y que pese a que aún está pendiente la decisión de la Cámara sobre este punto, esto no afecta lo actuado hasta el momento en el expediente y no es una “razón invocable” para impedir que se realice un acto jurídico como el de aceptar un testimonio bajo la figura de arrepentido.

En las conclusiones, Ramos Padilla insiste en que “no se verifica ningún impedimento real para la celebración del mencionado acuerdo, más allá de los que el Dr. Curi se esfuerza en encontrar” y denuncia que “los impedimentos que se atribuyen al Tribunal carecen de sustancia”.

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