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viernes, marzo 29, 2024

El gobierno nacional suspende los cortes de servicios básicos en el contexto de la cuarentena por coronavirus

Un decreto de Alberto Fernández definió que las empresas proveedoras de servicios de luz, gas, agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y televisión por cable no podrán cortar las prestaciones en caso de falta de pago. La medida se enmarca en las disposiciones de contención social, a causa de la cuarentena obligatoria por el coronavirus.

La medida entrará en vigencia a las 00:00 del miércoles 25 de marzo y durará 180 días, alcanzando a usuarios en mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas, que venzan desde el 1 de marzo e incluyendo a quienes ya tenían aviso con corte en curso.

El decreto establece que "si se tratare de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y Tv por cable por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedarán obligadas a mantener un servicio reducido".

Además, para quienes posean un servicio prepago de energía eléctrica y no abonen la correspondiente recarga, recibirán el servicio de forma normal y habitual.

Por su parte, para usuarios de sistema prepago de telefonía móvil o Internet, contarán con un servicio reducido que garantice la el funcionacionamiento aún ante falta de abono para la recarga.

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