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viernes, marzo 29, 2024

El gobierno nacional brindará un subsidio de 15 mil pesos a familiares de fallecidos por coronavirus

El gobierno nacional informó que se pagará un subsidio por 15 mil pesos a familiares de personas que hayan muerto por la pandemia del coronavirus , y que sean parte de los “sectores más vulnerables de la sociedad”, como titulares de la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo, trabajadoras domésticas, monotributistas o desocupados al momento del fallecimiento.

La disposición se efectivizó a través del Decreto 655/2020 publicado este sábado en el Boletín Oficial y amplia un beneficio vigente desde 2006. Hasta el momento, este subsidio alcanzaba a la muerte de beneficiarios del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) así como veteranos de la Guerra de Malvinas, entre otros, pero a partir de ahora también incluye decesos por COVID-19.

En el artículo 6 del decreto que firmaron el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, detalla las circunstancias en la que corresponde el “Subsidio de Contención Familiar”.

El beneficio alcanza a personas que se encontraban desempleadas o trabajaban en la economía informal, así como a categorías "A" y "B" del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o inscripto en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

También se podrá cobrar en caso de que el paciente haya sido un "trabajador declarado en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, era titular de una Asignación Universal por Hijo o por Embarazo, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma”

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La suma, que asciende a 15 mil pesos, podrá ser cobrada por el cónyuge o conviviente del fallecido, o también podrá abonarse "o al padre o a la madre o alguna de sus madres o alguno de sus padrees, o al hijo o a la hija de la causante, siempre que el o la solicitante denunciare el fallecimiento y acreditare haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio".

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