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viernes, abril 19, 2024

Netflix, Spotify y otros servicios digitales dolarizado sólo pagarán 8% de recargo

Este sábado se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley de Solidaridad Social y Desarrollo Productivo aprobada recientemente en el Congreso de la Nación.

Inicialmente había trascendido que servicios digitales como Netflix o Spotify pagarían el recargo del 30% para el dólar solidario. No obstante, en la reglamentación la alícuota es del 8%.

“Establécese que cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley N° 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 39 de la norma legal indicada en primer término, será del ocho por ciento (8%)”.

De este modo, el recargo del 30% para compras en dólares, no se aplicará a servicios digitales, sino que será sensiblemente menor. Esto alcanzaría también servicios como hosting, compra de dominios, pago de publicidad en Facebook, entre otros servicios.

Tampoco pagarán el recargo del 30% “servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, contratados a través de empresas del país, cuando fueran canceladas en efectivo”.

Finalmente, estarán eximidos del pago del recargo los servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.

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