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martes, mayo 14, 2024

Al igual que la dictadura, la Ley Ómnibus de Milei restringe el derecho a reunión y protesta

Una de las más polémicas propuestas de la ley ómnibus de Javier Milei emula el estado de sitio de la última dictadura: criminaliza la protesta social y restringe el derecho a reunión, incluso si se trata de un encuentro de apenas tres personas.

La batería de medidas que contempla la Ley Ómnibus libertaria impone reformas insólitas en todos los ámbitos de la vida pública y privada. En uno de sus puntos más polémicos, incluso una reunión de tres personas podría ser reprimida y sus participantes podrían ser penados con una multa, o incluso prisión.

El capítulo I de Seguridad Interior, el proyecto de ley establece modificaciones al artículo 94 del Código Penal, implicarían un endurecimiento a las condenas por la protesta social.

En principio establece penas de prisión de entre 1 años y tres años y seis meses a quienes "impidan, estorben o entorpezcan" el "normal funcionamiento" de los transportes de por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas.

Además, indica:

"Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe", remarca uno de los puntos para la modificación.

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El texto habla no solo de manifestaciones sino de "reunión", un punto que se asemeja a las restricciones impuestas por la última dictadura. La polémica Ley Ómnibus considerará una manifestación penalmente punible cualquier reunión de al menos tres personas.

En el artículo 331 lo describe así:

"A efectos de este Capítulo de la ley, entiéndase por 'reunión' o 'manifestación' a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente".

De esta forma, la disposición plantea que, en caso de que tres personas o más quieran reunirse en un espacio público, deberán pedir permiso con una antelación de 48 horas.

La modificación también le otorga al Ministerio de Seguridad de la Nación la potestad para rechazar las reuniones en espacios públicos o incluso proponer cambios con respecto a los horarios y lugares en los que se hace el encuentro.

En caso de ser una manifestación espontánea, el proyecto indica que los responsables deberán dar aviso al ministerio de competencia lo antes posible. También establece que si una movilización o reunión no cumple con las indicaciones estipuladas, los organizadores o quienes infrinjan algún aspecto de la ley serán pasibles de percibir una multa.

Como en la dictadura

La medida recuerda las restricciones a la protesta y reunión que impuso la última dictadura cívico-militar que gobernó el país de 1976 a 1982.

Cabe recordar que la asociación Madres de Plaza de Mayo comenzó a reclamar por la aparición de sus familiares desaparecidos por el terrorismo de Estado, sentándose en la histórica plaza porteña.

Pero al haberse declarado el estado de sitio, la policía las expulsó del lugar. Luego, la orden de la Policía Federal fue que circulen porque no podían quedarse allí reunidas manifestándose. Entonces, tomadas de los brazos, comenzaron a dar vueltas alrededor de la Pirámide de Mayo, originando así la primera ronda de muchas otras que se sucederían.

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