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viernes, marzo 29, 2024

Entra en vigencia la ley que limita las jubilaciones de privilegio del Poder Judicial y cuerpo diplomático

Este lunes el gobierno promulgó la ley 27.546 que pone límites a las jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y personal del servicio exterior. Con la publicación en el Boletín Oficial, la norma regirá a partir de este martes.

La norma fue sancionada el 12 de marzo pasado por el Senado, hecho que pasó casi desapercibido ya que ese mismo día tanto la Provincia como la Nación decretaron la emergencia sanitaria.

La ley establece una nueva fórmula para el cálculo del haber inicial del sector, que anteriormente era del 82% del último sueldo, y que desde mañana, se realizará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado.

Además, el nuevo régimen jubilatorio de magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación aumenta de manera gradual la edad a la que los hombres pueden acceder a la jubilación a 65, al tiempo que mantiene en 60 la situación de mujeres.

Par acceder a este régimen, deben haber trabajado un mínimo de 10 años consecutivos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.

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