El Gobierno bonaerense promulgó este jueves la Ley N° 15.402 de Alcohol Cero, que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de todo tipo de vehículos. Con su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia la ley sancionada en la Legislatura el pasado 16 de diciembre.
En la última sesión del 2022 de la Legislatura bonaerense se aprobó la ley de Alcohol Cero impulsada por el ministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires, Jorge D´Onofrio, y con el apoyo del gobernador Axel Kicillof.
De esta manera, la provincia de Buenos Aires se suma así a Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán con Alcohol Cero al volante.
La promulgación
"La presente Ley tiene por objeto preservar la salud, la vida y la seguridad de quienes transiten el territorio provincial; reducir la mortalidad y la morbilidad derivadas de la siniestralidad vial. Las normas que fijan las pautas de circulación y las que establecen los límites legales de alcohol en sangre y de cualquier sustancia que disminuya las condiciones para la conducción, integran las políticas públicas de seguridad vial", señala la ley que se promulgó en el Boletín Oficial.
De este modo, no solo se prohíbe conducir a quien registre una alcoholemia superior a cero miligramos de alcohol por litro de sangre, sino también a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias capaces de disminuir la aptitud para conducir.
Las sanciones que establece la ley
La nueva ley contempla penas como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
Las puniciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados.
Así, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.
Cabe destacar que durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
El alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años.
Además, durante 2022 hubo 6.162 infracciones por alcohol al volante en rutas, calles y caminos de la provincia de Buenos Aires, según se desprende del informe anual del Observatorio Vial de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense.