La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires anuló una resolución que negaba un recurso presentado por Luis Arias y que posibilita su restitución como juez. El ex magistrado fue destituido en 2018 luego de un polémico jury luego de su fallo en contra de los tarifazos del macrismo.
Arias fue destituído de su cargo como titular del Juzgado Contencioso Administrativo número uno de la ciudad de La Plata en mayo de 2018, luego de la denuncia presentada por Julio Conte Grand, actual procurador provincial y ex funcionario del Gobierno de María Eugenia Vidal.
Arias estaba en la mira del gobierno de Mauricio Macri por fallar contra los primeros tarifazos de eléctrica, y a favor de la lucha docente en la provincia.
Tras la destitución, Arias presuntó un recurso de queja al Jury de Enjuiciamiento que lo había sancionado, pero el cuerpo lo rechazó. Ahora la Corte Suprema anuló esa disposición, por lo que Arias simplemente pasa a estar “suspendido” mientras se resuelve la cuestión de fondo.
El dictamen del Máximo Tribunal bonaerense declara “la nulidad de la resolución que denegó los recursos extraordinarios articulados por Luis Federico Arias” y establece que se notifique a la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires “para que, con carácter de urgente, disponga de lo necesario para que por quien corresponda se dicte una nueva decisión”.
El jury que destituyó a Arias estaba integrado por el ex presidente de la Suprema Corte bonaerense Julio Pettigiani, el diputado del Frente Renovador Jorge D’Onofrio, el diputado de Cambiemos Walter Carusso, el senador de Cambiemos Roberto Costa, los abogados Fabián Ramón González, Diego Alejandro Molea, Osvaldo Enrique Pisani, Luis Bottarini y José Alberto Apaz San Martín y los legisladores Santiago Révora, de Unidad Ciudadana y Pablo Garate, del Frente Renovador, que votaron en contra de la destitución.
A su vez, Arias recordó su destitución:
“Lo que hicieron fue oprobioso. Me inventaron 21 cargos por decisiones jurisdiccionales, todas protectorias de derechos fundamentales, sobre personas privadas de su libertad, personas indigentes y sobre la inundación de la Plata”.
Además, aseguró que no hubo atrasos ni ningún otra falta, por lo que afirma que su remoción se basó en el contenido de sus fallos que, según establece la ley, no pueden ser sometidos a juicio.