Entra en vigencia el DNU de Milei: Cómo sigue su trámite en el Congreso y cómo afecta la vida cotidiana

A las 0 horas de este sábado 30 de diciembre entra en vigencia el mega DNU de Javier Milei que desregula la economía, la vida cotidiana e introduce una reforma laboral en detrimento de los trabajadores. ¿Cómo sigue su trámite parlamentario?

El mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Milei y sus ministros ya cosecha amparos en la Justicia y una fuerte polémica en el Congreso.

Además, se sumó incertidumbre al tratamiento parlamentario en las últimas horas: el Gobierno libertario incluyó el decreto como un artículo dentro de la Ley Ómnibus que envió al Congreso para tratar en las sesiones extraordinarias.

Este miércoles, el Poder Ejecutivo presentó en la Cámara Baja la Ley Ómnibus, que incluye 664 artículos que interfieren y reforman aspectos de la vida pública y privada en materia económica, tributaria, energética, política, social, penal, educativa, de defensa y seguridad, entre otras áreas, además de delegación de facultades legislativas al Presidente.

El artículo 654 reza: “Ratificase el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23″. La incorporación de ese punto generó distintas reacciones entre las bancadas, incluso diferencias de interpretación.

Como se informó, según la ley que regula el tratamiento de los DNU, el mega decreto debería ser enviado la semana que viene a la Bicameral de Trámite Legislativo (hasta ahora no ha sido constituida), que debe emitir un dictamen dentro de los 10 días.

Luego, el DNU debe ser tratado tanto en el Senado como en Diputados: la única forma que el DNU sea rechazado es si las dos cámaras lo rechazan. Cualquier otro escenario supone que el decreto sigue vigente.

Hasta antes del miércoles, en el Congreso se asumía que el decreto recién podría llegar al recinto en marzo, porque Milei no lo había incluido en la lista de temas del llamado a extraordinarias. Ahora, en el Congreso, incluso en el oficialismo, interpretan que con la incorporación del artículo sobre el DNU en la Ley Ómnibus, queda habilitado su tratamiento durante el periodo de extraordinarias, que finaliza el 31 de enero.

Bloques opositores, como la UCR o espacios federales, que han planteado predisposición para “colaborarcon Milei, habían pedido que el Gobierno mande como proyectos de ley, a modo de “espejo”, lo mismo que intenta imponer a través del decreto.

El argumento fue que el DNU, una vez en la Bicameral, no puede ser dividido, debe aprobarse o rechazarse íntegramente, todos sus artículos.

Tras la inclusión del DNU en la Ley Ómnibus, en algunos bloques como la Coalición Cívica interpretaron que:

Con su inclusión, el presidente reconoce que el contenido de su decreto podría haber sido promovido a través del proceso normal de formación y sanción de las leyes y de esta manera es posible que podamos ratificar tema por tema del DNU haciendo un estudio serio, riguroso y responsable de la agenda de reformas impulsada por el Ejecutivo”, dijo en Twitter su presidente, Maximiliano Ferraro, mano derecha de Elisa Carrió.

Es decir, los bloques opositores podrían “ratificar” los artículos del decreto que consideren válidos y no ratificar los que no quieren acompañar. La interpretación, sin embargo, por el momento, no fue acompañada por otras bancadas, y tampoco por el oficialismo.

Entre disputas interpretativas, el decreto parece destinado por el momento a tener un tratamiento lento en el Congreso. Para empezar, debería conformarse la Bicameral de Trámite Legislativo.

La comisión está compuesta por 8 senadores y 8 diputados, pero venía trabada en la Cámara Baja, ya que el Gobierno está dilatando la discusión por su integración adrede. Sucede que La Libertad Avanza (LLA) busca evitar que Unión por la Patria (UP) ocupe los cuatro lugares que le corresponden por Diputados, y otorgarle sólo tres.

A ocho días de su publicación, y sin que la Justicia lo haya frenado aún y con un tratamiento demorado en el Congreso, este viernes por la noche comienza a regir el DNU, y estos son los mayores cambios que impone en la vida cotidiana de los argentinos:

Alquileres

Una de las principales medidas es la derogación de la Ley de Alquileres. Desde este viernes a la noche ya no se aplica la ley sancionada en 2020 y modificada en octubre de este año.

Pero además, el DNU modifica el Código Civil y borra los plazos mínimos de alquiler, que el Código fijaba en dos años. Ahora, inquilino y propietario deberán negociar sin el amparo de la ley, sin que esté especificado el tiempo y sin reglamentación para los ajustes y aumentos.

Golpe al consumo

Con el DNU Javier Milei derogó la Ley de Abastecimiento y la Ley de Góndolas. La primera, sancionada durante el tercer mandato de Juan Domingo Perón, habilitaba al Estado -hasta este jueves- a intervenir en los mercados, fijar precios máximos y, eventualmente, sancionar a las empresas cuando lo considere necesario por acaparar mercadería o remarcar precios.

Mientras que la Ley de Góndolas, propuesta por la ex diputada Elisa Carrió y sancionada a principios del año 2020 (en el inicio del mandato del Frente de Todos), tenía por finalidad ampliar el abanico de ofertas de productos y ofrecerle resistencia al aumento de los precios.

Tarjetas de crédito

También habrá cambios en el consumo en las tarjetas de crédito. El punto más importante estará en las tasas y los recargos. Hasta este jueves, los emisores de las tarjetas no podían cobrar a los comercios tasas superiores al 3% como comisión por las transacciones con crédito y de 1,5% por las que se realicen con débito.

El DNU borró los topes existentes y estableció: “La entidad emisora deberá obligatoriamente dar a conocer el público la tasa de financiación aplicada al sistema de Tarjeta de Crédito”.

También derogó el artículo que fijaba topes a los intereses punitorios, los que rigen si la persona no llega a saldar ni siquiera el pago mínimo, por los atrasos en la cancelación del resumen.

Hasta hoy, los bancos no podían cobrar más del 50% de la la tasa de interés compensatorio que el banco aplique por la financiación de saldos de tarjetas de crédito. Ahora, ese límite se borra, por lo que las entidades podrían cobrar más caro los atrasos. Y fijó que “los intereses punitorios no son capitalizables”.

Además, el DNU derogó el artículo que establece la identificación del usuario en el plástico, los datos de la tarjeta tal como la fecha de emisión y vencimiento y la identificación del emisor y la “bandera” asociada a ese plástico.

Otro de los puntos que se derogan es el que establecía sanciones por parte del Banco Central a las entidades que no informen debidamente las tasas y las condiciones de los préstamos.

Además se eliminó la obligatoriedad de que el emisor de la tarjeta les informe a los usuarios y proveedores cambios sobre los contratos.

Sueldo digital y contratos en “litros de leche”

El DNU modifica el artículo 766 Código Civil y Comercial y establece que el deudor “debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene“. Una forma de facto de bimonetarismo.

Por eso la canciller Diana Mondino celebró que “se podrán pactar contratos en Bitcoin y también cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche“. Es decir, se legaliza el trueque como reemplazo del salario.

En el Capítulo I del DNU, el Poder Ejecutivo introdujo cambios fundamentales al Código Civil. El decreto deroga dos artículos sancionados en 2015 y vuelve hacia atrás con lo que establecía el Código Civil anterior: el que tome obligaciones en dólares, deberá pagar en esa moneda.

Hasta este jueves, por una normativa del Ministerio de Trabajo desde 2020, los salarios sólo pueden pagarse en una cuenta bancaria o en efectivo. A partir de ahora, por el contrario, el DNU abre la puerta para que los empleadores puedan comenzar a acreditar los haberes en billeteras digitales.

Salud: suben las prepagas y se desregulan las farmacias

En el DNU también desreguló la medicina prepaga y las empresas no tardaron en adelantar a sus afiliados los aumentos en las cuotas del 38% al 50%.

Además, con la modificación en la ley de Obras Sociales, las prepagas pasaron a quedar incluidas en esa normativa: así como hoy se puede derivar aportes (9% compuesto por un 3% que sale del sueldo propio y un 6% que pone el empleador) a cualquiera de las casi 300 obras sociales que existen, también podrá derivarlos directamente a una empresa de medicina prepaga.

A su vez, el decreto modifica la ley 25.649, de especialidades medicinales. Retira del texto los puntos que hasta ahora habilitaban al médico, además de prescribir la receta por nombre genérico de la droga, a poner -si así lo prefería- una marca comercial. Ahora solamente podrá recetar el genérico.

En otro punto, el DNU establece: “Con el objetivo de aumentar la competitividad del mercado debe reformularse la ley de medicamentos y recetas, migrando a la receta electrónica, a los fines de lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos”.

En cuanto a las farmacias, el DNU cambia el artículo 1, que si bien dice que los remedios sólo se pueden vender en farmacias habilitadas, ya no contiene la parte que afirmaba que la venta de medicamentos “fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia”, con consecuencias penales. Es decir, se podría vender medicamentos y drogas en comercios comunes sin penalización alguna.

El DNU asegura: “La autoridad sanitaria competente podrá disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen”, además de los ya habilitados que son “preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, y de especialidades farmacéuticas”. Pero aún no hubo comunicación de la “autoridad competente” a las farmacias.

Reforma laboral contra los trabajadores

Con su DNU, Milei decretó una reforma laboral que flexibiliza leyes y contratos laborales.

Una de las principales modificaciones es la reducción de las indemnizaciones ya que, según el decreto, “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”, lo que excluiría beneficios como bonos anuales, ticket canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos.

Desde última hora del viernes, la extensión del período de prueba pasa de 3 a 8 meses, por lo cual el empleado podrá ser despedido sin derecho a indemnización en ese lapso. También eliminan todas las multas establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relación laboral o su registro irregular.

El Gobierno también dispuso un mecanismo de indemnización “alternativo” inspirado en el sistema de la UOCRA. “Las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al OCHO POR CIENTO (8%) de la remuneración computable“.

En cuanto a las huelgas, el DNU incorpora restricciones: habilita el despido con justa causa en caso de bloqueos o tomas de establecimiento durante medidas de acción directa que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran, se impida o obstruya el ingreso o egreso de personas y se ocasiones daños en personas o bienes de la empresa.

Además, a las actividades esenciales (salud, energía, aeronáutica, telecomunicaciones, comercio exterior) les dicta que deberán prestar servicios mínimos con una cobertura del 75% de la prestación normal, mientras las actividades o servicios de “importancia trascendental” deberán garantizar el 50% (transporte, industria, bancos, alimentos, exportaciones).

Compra de autos, privatización de Aerolíneas y clubes

También se imponen cambios en la compra-venta de vehículos.

Uno de los objetivos principales de la medida es que la patente pertenezca al usuario y no al vehículo. Esto quiere decir que el dueño tendrá tantos dominios únicos como autos tenga, y las patentes estarán unidas al Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada persona.

Otro de los puntos importantes del DNU es que ya no será obligatorio el libre de deuda de multas y patentes para inscribir o transferir un vehículo. Pero todavía no fue reglamentado.

En el DNU, abre el camino para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas, pero aún no se reglamentó.

A su vez, el DNU también establece la modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes deportivos puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.

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