La mayoría oficialista del Senado aprobó este jueves la ley que le asigna al Poder Ejecutivo facultades especiales para aplicar restricciones ante un aumento de casos de coronavirus, pero realizó modificaciones para conservar atribuciones a los gobernadores.
Las correcciones al proyecto enviado por el presidente fueron definidos el miércoles en una reunión que mantuvieron los jefes del Frente de Todos José Mayans y Anabel Fernández Sagasti con la secretaria legal y técnica Vilma Ibarra, redactora del texto finalmente remendado.
La nueva versión permitió al oficialismo recuperar el voto del rionegrino Alberto Weretilneck y es más amena para negociar con los bloques chicos, como el frente de Córdoba cercano al gobernador Juan Schiaretti. Por ahora no hay fecha de tratamiento y mientras tanto Alberto Fernández deberá tomar medidas por decreto de necesidad y urgencia, como hizo hasta ahora.
Si bien se mantuvieron los criterios epidemiológicos para definir las restricciones, una de las correcciones de los senadores fue aclarar que son “a modo informativo” y podrían variar si así lo define la ministra Carla Vizzotti “en acuerdo” por la mayoría del Consejo Federal de Salud, un organismo integrado por los ministros del área de cada una de las provincias.
El texto original le otorgaba a Vizzotti discrecionalidad para tomar nuevas medidas con simple “consulta” a los gobernadores, Ibarra lo defendió cuando expuso en las comisiones pero los senadores oficialistas se lo borraron.
La ley mantiene las facultades delegadas al presidente para “proteger la vida y la salud pública” y facilitar “asistencia médica adecuada“. Pero durarán hasta el 31 de diciembre y no hasta el final de la pandemia, como expresaba el texto.
Entre las medidas que podría tomar el presidente con esta ley, si finalmente se sanciona en Diputados, figura el cierre de escuelas.
“Lo que tenemos que priorizar, es el derecho a la vida“, señaló la santafesina oficialista María de los Ángeles Sacnun, encargada de informar sobre la ley.
“Esto es lo contrario a superpoderes, porque el presidente se auto limita. A medida que la crisis sanitaria perdura amerita dictar una legislación como se ha producido en otras partes del mundo. Se deben cumplir ciertos requisitos: la emergencia pública, un plazo para el uso de cada facultad y establecer parámetros epidemiológicos objetivos”, especificó.
Si la ley se sanciona los colegios deberían cerrar en forma automática cuando se produzca una situación de “alarma epidemiológica“, lo que podría ocurrir en “ciudades o aglomerados” de 300 mil habitantes con 500 casos nuevos cada 100 mil en los últimos 14 días y el 80% de la capacidad hospitalaria ocupada.
Con indicadores menores, la ley define una situación de “bajo”, “medio” o “alto” riesgo epidemiológico, considerando para eso la razón de casos (cociente entre el número de confirmados acumulados en últimos 14 días y los anteriores) y la tasa de incidencia acumulada cada 100 mil habitantes.
Habrá restricciones específicas por casa estándar alcanzado. Los viajes grupales sólo quedarán permitidos en zonas de bajo riesgo, aunque sólo dentro del mismo conglomerado. No podrá haber reuniones de más de 10 personas y cuando el riesgo sea alto, se prohibirá además toda práctica recreativa en espacios cerrados.
Pero los gobernadores podrán tomar sus medidas cuando lo crean necesarios, como “suspender en forma temporaria” la clases presenciales y actividades educativas no escolares “conforme a la evaluación del rasgo epidemiológico”.
Ello mismos definirán hasta cuando durarán esas medidas. Además, podrán identificar municipios chicos con alarma epidemiológica. De hecho, se borró la oración que indicaba que las medidas deberán aplicarse en todo el país.
Hubo más retoques para retener el poder de fuego de los gobernadores, como el de considerarlos “agentes naturales del gobierno federal“. Los senadores crearon además un registro de unidad de terapias intensivas, que deberá actualizarse diariamente con datos del sistema público y privado.