La Nación reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario que busca reducir el impacto negativo de la pandemia y que llevó meses hasta que se consiguieron los consensos necesarios para su aprobación en el Congreso.
La ley, conocida también como aporte de las grandes fortunas, fue reglamentada mediante el decreto 42/2021, que tiene 12 artículos y fue firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Economía, Martín Guzmán.
El decreto reglamenta la ley 27605, sancionada en el Congreso el 4 de diciembre pasada, y que tuvo su promulgación el 18 del mismo mes.
La norma establece un aporte único a una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.
En casos de patrimonios superiores, la tasa aumenta progresivamente. Concretamente, la tasa imponible será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que posean entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios ubicados entre $600 y $800 millones.
Luego, el aporte será del 3% para fortunas entre los $800 y $1.500 millones y del 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones. Finalmente, quienes tengan bienes por encima de los 3 mil millones, deberan pagar una alícuota del 3,5%.
En total, serían 12 mil contribuyentes quienes estén obligados a pagar el Aporte Solidario y Extraordinario.
Además, el decreto 42/2021 faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de “instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos” y evitar así las operaciones de evasión impositiva.
Cabe recordar que al sancionarse y promulgarse la norma, un grupo de empresarios amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que tuvo un nivel de aceptación popular generalizado, al tiempo que fue demonizada en los medios de comunicación corporativos.