El gobierno ultima detalles para la reglamentación del Aporte Solidario Extraordinario a las Grandes Fortunas

aporte solidario extraordinario
Desde el Gobierno Nacional se revisa punto por punto el texto de la norma para evitar potenciales judicializaciones al aporte extraordinario. En los próximos días Alberto Fernández firmará el decreto con la mira puesta en los 300 mil millones de pesos que busca recaudar.

El Gobierno Nacional ultima detalles para que la ley del Aporte Solidario Extraordinario sobre las Grandes Fortunas esté reglamentada en los próximos días y de esta forma comenzar a recaudar en el primer semestre del año. Estarán obligados a pagar alrededor de 12 mil contribuyentes, apenas un 0,02% de la población del país.

El 4 de diciembre pasado el Congreso sancionó la Ley 27.605, conocida como Aporte Solidario Extraordinario de las Grandes Fortunas, planificada para paliar las consecuencias económicas de la pandemia de COVID-19 que marcó gran parte del 2020. A las dos semanas el Poder Ejecutivo promulgó la norma, sin embargo restaba que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definiera los plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos vinculados a la recaudación de dicho aporte.

A un mes de su entrada en vigencia aún no inició la recaudación de los 300 mil millones de pesos que proyecta recaudar la iniciativa. AFIP y el Ministerio de Economía demoraron en ponerse de acuerdo en puntos clave, postergando la reglamentación, ya que se está tratando con detenimiento punto por punto para evitar potenciales judicializaciones.

De momento, el texto de la norma descansa en el despacho de Vilma Ibarra. La Secretaria Legal y Técnica de Presidencia ultima detalles con su equipo y a más tardar el viernes se lo estará presentando a Alberto Fernández. Si el mandatario da el visto bueno establece su rúbrica y la reglamentación del aporte solidario saldría publicada en el Boletín Oficial el próximo lunes. La idea del Ejecutivo es comenzar a recaudar en estos primeros meses de 2021.

Esta ley prevé el cobro por única vez de una tasa de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos. De esta manera, estarán contemplados casi 12 mil contribuyentes. En el caso de los patrimonios en moneda extranjera, durante el debate parlamentario se había propuesto que el tipo de cambio a tener en cuenta para determinar si la persona supera o no ese límite en moneda nacional sería la vigente al momento de la promulgación. Este punto estará detallado en la reglamentación.

Lo que sí quedó firme es que estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior, y que el impuesto no tiene un mínimo no imponible.

La norma también alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, que serán consideradas sujetos residentes a los efectos de este aporte. Mientras que los que vivan en el exterior, en tanto, pagarán por la totalidad de sus bienes situados en el país.

La tasa se elevará al 2,25% para las fortunas que se encuentren en el rango entre los $300 y los $400 millones; será de 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones; y de 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

Asimismo, el aporte será de un 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se incrementará al 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones. Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor les cobrará un 3,5%. Según la AFIP, en la Argentina hay 380 personas físicas (apenas el 0,0008% de la población del país) que están en esa situación, cuyos aportes representarán el 55% del total de lo recaudado por el aporte solidario.

Para aquella parte del patrimonio que se encuentre fuera del país, las alícuotas tendrán una penalidad del 50%, es decir, el mínimo es de 3% y el máximo de 5,25%. Tras la promulgación de la ley se fijó que en los 60 días posteriores, si hay una repatriación de al menos el 30% de las tenencias declaradas en el exterior, ese diferencial de 50% se elimina y, además, se pagará por la totalidad de sus bienes como estuvieran en el país.

Por su parte, el diputado del Frente de Todos, Carlos Heller, justificó la demora en la aplicación de la Ley para tratar de evitar planteos legales y aseguró que en los próximos días estará reglamentada.

“Seguramente debo estar en primera fila entre los que quisiera que esté todo terminado y reglamentado, pero también entiendo que hay suplementos de diarios dedicados a explicar todas las cosas que se van a hacer desde el punto de vista judicial para tratar de trabar la posibildiad de que este aporte solidario se concrete. Por lo tanto entiendo que quienes están trabajando en la reglamentación puedan tomarse algún día más para asegurar que esa reglamentación no deje huecos por los cuales la judicialización se convierta en un obstáculo insalvable”.

Luego desmintió los planteos que cuestionan la iniciativa señalando que es un aumento de la presión tributaria y que Argentina así se transforma en uno de los países con mayor cantidad de impuestos.

Al respecto, recordó que:

“Los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, un organismo de cooperación internacional, compuesto por 38 Estados) tienen una presión tributaria promedio 5 puntos arriba de la Argentina, que está casi a la par de la que tienen Chile y Uruguay y es menor a la que tiene Brasil”. (…)

“Así que esa es una de las tantas falacias que el poder mediático, en sociedad con el poder económico, instala. Es todo una enorme mentira y en realidad esto no tiene ninguna incidencia desde el punto de vista global en lo que significa la carga impositiva”.

Luego el legislador afirmó que Argentina necesita una “profunda reforma impositiva” para:

“(…) Aliviar los impuestos al consumo, que castigan a la población, como el IVA, y para hacer que la base impositiva esté basada en la progresividad, básicamente en la fortuna y en las ganancias, con mínimos no imponibles razonables y progresividad que haga lo que tiene que hacer un buen sistema impositivo: que aquellos que tienen mayor capacidad contributiva aporten más”.

Para ratificar la importancia del Aporte Extraordinario, Heller concluyó citando un reciente informe de Oxfam que indica que las ganancias que los 10 mil mayores millonarios del mundo obtuvieron desde el inicio de la pandemia bastaría para evitar que “ninguna persona del mundo se vea sumida en la pobreza a causa del virus así como para financiar la vacunación contra el Covid-19 de toda la población mundial”.

Los porcentajes de lo recaudado por este aporte serán destinados:

  • Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural (poco más de $75 mil millones);
  • Un 20% ($60 mil millones) a comprar equipamientos de salud para atender la pandemia;
  • Un 20% (60 mil millones de pesos) a apoyar a pymes con subsidios y créditos;
  • Un 20% (60 mil millones de pesos) para financiar un relanzamiento del plan de las becas Progresar destinado a jóvenes estudiantes;
  • Y 45 mil millones de pesos, el 15% para urbanizar barrios populares en donde serán contratadas cooperativas de los vecinos de cada barrio.

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