La justicia resolvió reafirmar la condena para El Presto por sus actos de hostigamiento y discriminación contra la primera dama, FabiolaYañez. La pena implica el cumplimiento de prisión efectiva por parte del youtuber liberal.
Según lo resuelto por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña, Eduardo Miguel Prestofelippo (conocido como El Presto en redes sociales) deberá enfrentarse a una pena de 30 días de prisión efectiva.
Su cumplimiento se realizará “bajo la modalidad de arresto domiciliario“, “en la vivienda que indique como particular una vez que adquiera firmeza la sentencia” y “bajo el control de un dispositivo electrónico o de la manera que sea posible”.
Además, el Tribunal que integran Fernando Bosch, Elizabeth Marum, Marcelo Vázquez y Jorge A. Franza decidió que el youtuber deberá mantener una distancia de 200 metros con respecto a la primera dama durante 12 meses.
En el mismo sentido, Prestofelippo tendrá que asistir a un taller del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) correspondiente al “Programa Capacitación en prevención de Prácticas Discriminatorias“. Asimismo, se decidió:
“Revocar la medida precautoria impuesta consistente en ‘prohibir a Eduardo Miguel Prestofelippo […] que en las redes sociales (“Facebook”, canal de “Youtube”, etc.) o en cualquier medio de difusión pública se dirija a la persona de Fabiola Andrea Yañez'”.
La resolución de la Justicia responde a una serie de hechos de hostigamiento y discriminación llevados adelante por el influencer y confirma la sentencia de primera instancia resuelta en febrero de este año. En ella, se lo considera responsable de discriminación, difusión no autorizada de imágenes y hostigamiento digital.
“La Justicia una vez más nos dio la razón”, celebró el abogado Juan Pablo Fioribello, quien patrocina la causa impulsada por la pareja de Alberto Fernández. “La Cámara fue contundente y confirmo la condena”, continuó, al tiempo que agregó:
“Celebro como pocos la libertad de expresión y el trabajo de la prensa, pero aquí [el condenado], escudado en un supuesto periodismo, se dedicó a cometer todo tipo de faltas penales. Agresiones sin límite, insultos, ataques sistemáticos, denigraciones sociales e inventos de tipo sexual contra la Sra. Yañez, todos inaceptables”.
Discriminación y hostigamiento digital
Uno de los hechos que propició la denuncia se produjo el 25 de abril de 2020, cuando El Presto publicó un video en el que Fabiola Yañez aparece en ropa interior junto al título “más y más censura”.
En aquel momento, el youtuber argumentaba que el Presidente intentaba censurarlo acusándolo de ejercer violencia de género. “Si yo el día de mañana en twitter publico una foto de tu mujer en pelotas, porque las tiene, porque es el pasado de tu mujer, yo termino en cana“, comentó, “de última, flaco, bancate la mina con la que te acostás”.
“Los grandes canales de televisión no la conocen precisamente por ser primera dama, la conocen por otros prontuarios, déjate de joder Alberto, déjate de joder”, agregó.
El historial de Prestofelippo también incluye acusaciones por amenazas contra Cristina Kirchner a través de sus redes sociales y el sitio Data24. En este sentido, para la justicia se cometieron dos contravenciones que se penan con prisión efectiva, la de discriminación y hostigamiento digital.
Para los jueces, este tipo de expresiones no corresponden a la libertad de expresión o crítica a figuras públicas, sino que “excedieron los límites de protección que la Constitución Nacional otorga a la libertad de expresión”, señalaron, “pues configuran un insulto gratuito y una vejación injustificada“. Según indicaron:
“Detrás de las producciones realizadas no se aprecia el contenido de una crítica política o conceptual hacia la figura de la primera dama o lo que pudiera representar su rol o función dentro del gobierno, sino que, en rigor de verdad, las manifestaciones del nombrado, en los hechos traídos a estudio, trasuntan ante todo un embate personal hacia la damnificada Fabiola Yañez por su condición de mujer, más allá de su rol público”.