El Gobierno Nacional dejó trascender sus intenciones de indultar genocidas de cara a un nuevo aniversario del último golpe de Estado. Sin embargo, la Cámara Federal de Casación Penal remarcó que la figura del indulto es incompatible con los delitos de Lesa Humanidad.
A pocos días del Día Nacional de la Memoria, el Gobierno Nacional dejó trascender versiones de que el Presidente Javier Milei pretende anunciar un indulto para los represores en el aniversario del golpe de Estado de 1976.
El anuncio sería un guiño para la Vicepresidenta Victoria Villarruel, que construyó su carrera en torno a la militancia negacionista, y va en línea con la retórica del mandatario, que en repetidas ocasiones ha negado la cifra de los desaparecidos.
Sin embargo, la provocación del Gobierno se sustenta en una fantasía jurídica. En ese sentido, la Cámara Federal de Casación Penal se encargó de recordar su rechazo a este tipo de planteos en una sentencia revisora del caso González Chipont, llevado adelante en Bahía Blanca.
El discurso negacionista del gobierno
En el Gobierno Nacional, la previa al 24 de marzo ocurre en un marco de aceleración del discurso negacionista por parte del oficialismo. Mientras Milei insiste en negar el número de desaparecidos, el Ministro de Defensa Luis Petri recibió a esposas de genocidas condenados por crímenes de lesa humanidad.
Entre las presentes estaba Cecilia Pando, quien reclama desde hace varios años por la liberación de los represores detenidos. En este contexto, el Ministro lanzó:
“Algunos dirigentes demonizaron a las Fuerzas Armadas que actuaron en la década del ’70“.
Entre tanto, cabe recordar que Villarruel, construyó su carrera en torno a la militancia negacionista, a través del Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas, que exige a la Justicia girar el foco de las investigaciones hacia el accionar de los movimientos armados antes de la dictadura.
Sin embargo, la ley 27.516 es taxativa con respecto a la figura del indulto en relación a los delitos de Lesa Humanidad:
“Las penas o procesos penales sobre los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra contemplados en los artículos 6°, 7º y 8° del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, no pueden ser objeto de amnistía, indulto o conmutación de pena, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable del acto que lo disponga”.
Sentencia revisora de Casación
Por su parte, la Cámara Federal de Casación emitió una sentencia revisora de la causa FBB 93000001/2012/TO1, caratulada “González Chipont Julio Guillermo y otros s/ Privación ilegal de libertad (Art.144 bis inc.1) (Lesa Humanidad)”, que se tramitó en Bahía Blanca entre octubre de 2016 y octubre de 2017.
En ese contexto, Casación confirmó las condenas para 19 represores por crímenes cometidos en perjuicio de 105 víctimas en los centros clandestinos de detención “La Escuelita“, el Batallón de Comunicaciones 181, Unidad Penitenciaria N° 4, Delegación de Viedma de la Policía Federal, Unidad Penitenciaria N° 9 y “la Escuelita” de Neuquén.
Además de ratificar las penas para integrantes del V Cuerpo del Ejército, autoridades policiales y del Servicio Penitenciario Bonaerense, los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci recordaron que en los casos de delitos de Lesa Humanidad cometidos durante la última dictadura:
“La concesión del indulto es incompatible con la obligación de imponer penas adecuadas”.
El juez Slokar explicó al respecto que “el Comité contra la Tortura se ha expedido en contra de las medidas de impunidad en la Argentina” y “en sus precedentes ha recordado su jurisprudencia según la cual los Estados Partes tienen la obligación de sancionar a las personas consideradas responsables de la comisión de actos de tortura”.
Asimismo, la resolución indica que “el castigo implica también una reparación del daño generado a las víctimas” y a “toda la sociedad afectada por esta clase de delitos”, así como:
“La construcción de memoria colectiva y una advertencia de no impunidad tendiente a evitar la repetición de crímenes de este tipo”.
“Los Estados deben asegurar, en el ejercicio de su deber de persecución de las graves violaciones a los derechos humanos“, continúa, “que las penas impuestas y su ejecución no se constituyan en factores de impunidad”.
“El derecho a la verdad en una de sus aristas, incluye el derecho de la sociedad a ser informada de todo lo sucedido con relación a las graves violaciones a los derechos humanos“, remarca Slokar, y agrega:
“Para cumplir con ese imperativo, el Estado debe implementar mecanismos adecuados de acceso a la correspondiente información y debe realizar, de buena fe, un esfuerzo sustantivo y aportar todos los recursos necesarios para reconstruir –y poner a disposición- la información”.
Así, la resolución de la Sala II no sólo echa por tierra las pretensiones del Gobierno de indultar a represores, sino que, además hace foco en la preservación de la prueba en el marco de la avanzada del Gobierno contra las políticas de Memoria, Verdad y Justicia.
La “batalla cultural”
Lo cierto es que el Gobierno pretende utilizar el aniversario del último Golpe de Estado para impulsar su agenda negacionista y convertirlo en parte de su “batalla cultural”.
En este contexto es que se el grupo Malboro (encabezado por el asesor Santiago Caputo) sostuvo reuniones recientemente con allegados a Victoria Villarruel, quien espera un gesto de la Rosada para el domingo.
El objetivo sería cambiar el sentido al Día de la Memoria, y entre los libertarios -sector que ve el negacionismo como una incorrección política– no se descarta una “contramarcha”.
El efecto de esta retórica ya cosecha acciones violentas contra militantes de los Derechos Humanos. Recientemente una mujer perteneciente a la agrupación H.I.J.O.S. fue atacada violentamente en su propio domicilio, en el que los agresores dejaron la consigna “VLLC” (Viva La Libertad Carajo).
Además de sus dichos sobre los desaparecidos, Milei propuso recientemente a Manuel José García Mansilla para la Corte Suprema, quien fue socio del hijo del Ministro del Interior de la dictadura, General de División Horacio Tomás Liendo (presidente de facto en 1981 durante 20 días).
Si bien la posibilidad de un indulto se basa en una fantasía jurídica, en el oficialismo se estudia la posibilidad de garantizar la prisión domiciliaria para los represores que están en la cárcel mayores de 70 años, como Alfredo Astiz, aunque la mayoría de ellos ya cumple las penas fuera de la cárcel.
Cabe recordar que durante el macrismo la Corte votó a favor del fallo de 2×1, que beneficiaba a los genocidas y que debió retrotraer en 2017. En aquella oportunidad, el fallo fue apoyado por dos de los tres jueces (Horacio Rosatti y Carlos Rozenkrantz).
Con el puesto en la Corte que ocupaba Highton de Nolasco vacante, el Gobierno pretende introducir a García Mansilla y garantizarse un fallo favorable