A través de un decreto publicado ayer en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional modificó el Impuesto a las Ganancias. A partir de esta modificación, comenzarán a pagar el tributo las indemnizaciones de personas que hayan ocupado cargos directivos o ejecutivos en empresas públicas o privadas.
Las indemnizaciones deberán tributar cuando el despedido haya ocupado un cargo gerencial durante, al menos, un año antes de la desvinculación, y cuya remuneración bruta mensual supere en quince veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hoy está en $10.700. Es decir, alrededor de $160.500.
Por otra parte, también se suman a la obligación de pagar el Impuesto a las Ganancias las ventas de inmuebles. La Reforma Tributaria del Gobierno incorporó el Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la renta de capital que se genere gracias a la venta de una segunda casa, hecho que queda reglamentado a partir de este decreto.
Sin embargo, este cambio solo abarca a aquellas propiedades que se sean adquiridas después del 1º de enero de 2018, sin importar cuándo sean vendidas.