El poder judicial habilita la feria para tratar la totalidad del mega DNU de Milei

Un juez del fuero Contencioso Administrativo Federal habilitó la feria judicial para tratar los amparos presentados contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 del presidente Javier Milei.

Fue Enrique Lavié Pico quien dispuso el tratamiento por separado de los distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU.

La definición del magistrado permite que jueces federales de las distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los distintos casos que surgan contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23.

En ese contexto, el juez consideró inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado Nacional para que las causas en trámite en el fuero laboral se acumulen en el fuero contencioso administrativo.

En el fallo, el juez refiere que “la normativa cuestionada modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí (Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares) y que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse -en los términos del artículo 99 inc. 3 de la Constitución Nacional- de manera independiente y en relación a cada materia -en concreto- ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción”.

“Es por esta razón que no se puede aseverar -en este caso que los intereses colectivos que la actora asume representar en esta causa- se encuentran en la misma situación o que los mismos resulten homogéneos y menos aún que ante esta instancia judicial puedan examinarse cuestiones vinculadas, en su caso, a la competencia material atribuida por ley a otros tribunales de justicia, en sus respectivas jurisdicciones territoriales” agrega.

 

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