El vocero presidencial, Juan Pablo Biondi, difundió un comunicado en representación del Gobierno en el que cuestionó a la Corte Suprema por el fallo adverso sobre la presencialidad en las escuelas y advirtió que el DNU que las prohibió sigue vigente.
En un extenso comunicado de 20 puntos en el que detalló las acciones desarrolladas desde el inicio de la pandemia, Biondi dijo que “resulta contrafáctico y no puede verificarse qué hubiera sucedido si el Gobierno Nacional no hubiera adoptado medidas a tiempo, ante la pasividad del GCBA“.
“Con inusitado rigor formal, como si no estuviese en riesgo la salud pública y los derechos subjetivos que de ella derivan, como la vida, la Corte Suprema ha sostenido que, al suspender por quince días las clases presenciales en el conglomerado urbano del AMBA, el Gobierno Nacional se habría basado en ‘consideraciones meramente conjeturales’ con insuficiente fundamentación“, añadió Biondi, mano derecha del presidente.
“El gobierno Nacional fue elegido en elecciones democráticas, en el marco del Estado de Derecho, para adoptar las medidas que considera pertinentes para proteger la salud pública y la vida de las personas“, dijo el vocero.
La declaración indica que:
“Es un deber y un objetivo central de este Gobierno garantizar el derecho constitucional a la educación; y sabemos, sin ninguna duda, que este derecho se ejerce con mayor plenitud cuando se desarrolla en la modalidad presencial con docentes, niños, niñas y adolescentes en las aulas”.
Y señaló que:
“Al momento de dictarse el DNU cuestionado, el AMBA exhibía un crecimiento exponencial de contagios mayor al que presentaba el resto del país y el sistema de salud se hallaba fuertemente tensionado, con peligro de saturación” y “que también se ha verificado durante el año 2020 que la situación epidemiológica del AMBA se extiende a las demás regiones del país“.
Para Biondi;
“La sentencia de la Corte Suprema de Justicia conocida en el día de hoy no resolvió un caso particular y concreto, sino que realiza consideraciones indicativas, toda vez que ya no se encuentra vigente el DNU cuestionado“.
“El mismo tribunal admite, como ya lo había hecho en la Acordada 6/2020, que el Poder Judicial no cuenta con los instrumentos necesarios para evaluar la idoneidad de los indicadores sanitarios y epidemiológicos y, por lo tanto, las medidas aptas para contener los contagios“, dijo.
Claves del fallo
La Corte Suprema sostuvo que el gobierno de Alberto Fernández violó la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires al suspender las clases presenciales en el AMBA, como planteaba el reclamo de Horacio Rodríguez Larreta.
El tribunal remarcó que, aunque el DNU 241 que estableció esa medida ya no está vigente, considera que debe establecer un “criterio rector” que oriente “decisiones futuras” ante circunstancias que podrían repetirse. De hecho ya entraron en vigencia nuevas medidas sanitarias y frente a ellas el tribunal concede así un aval al jefe de gobierno porteño que mantiene las escuelas abiertas.
El principal argumento compartido es que es que el Estado nacional no dio fundamentos suficientes para ejercer una “potestad sanitaria” que lo habilitara a intervenir en la “modalidad educativa” de la Ciudad, aunque existan competencias concurrentes.
Para el gobierno nacional, el fallo es una “declaración de guerra”. No tiene efectos prácticos, subrayan, sino políticos y mediáticos. Una devolución de gentilezas, tal vez, ante una administración que ha cuestionado y puesto en debate el funcionamiento cortesano.
El ex juez de la Corte Raúl Zaffaroni, en cambio, advierte que el tribunal no sólo “desconoció el poder de policía sanitaria que corresponde al Poder Ejecutivo federal”, cuando un problema epidemiológico afecta a dos provincias (y es interjurisdiccional), sino que:
“Ha asumido poderes que son exclusivos del Ejecutivo federal, o sea, ha sustituido la decisión política del Ejecutivo por la propia y reemplazado la elección de una posición científica por otra y lo ha hecho sin siquiera convocar a peritos en la materia (…)
Ejerció el poder ejecutivo federal ordenando que cada provincia decida si habilita clases presenciales o no lo hace, con lo cual se ha hecho jurídicamente responsable de la política sanitaria federal (…) y de todas las consecuencias que su decisión política tenga en el plano de la realidad social”.