El gobierno dispuso el fin del distanciamiento social y de obligatoriedad de utilizar la app Cuidar

El Gobierno nacional anunció el fin del distanciamiento social para evitar contagios de coronavirus y del autoreporte a través de la aplicación Cuidar. No obstante, mantiene por el momento el uso del barbijo como medida de prevención.

“Déjase sin efecto el distanciamiento social de DOS (2) metros“, estableció la decisión administrativa firmada por la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Por su parte, el artículo 3 de la cartera sanitaria señaló que se deja “sin efecto la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21“.

En los cosiderandos de la decisión administrativa, se puntualizó:

“La situación epidemiológica, sanitaria y los avances de la campaña de vacunación, es menester actualizar las medidas generales para prevenir tanto la COVID-19 como otras infecciones respiratorias estacionales con el fin de proteger la salud pública“.

“El plan estratégico de vacunación contra la COVID-19 ha logrado avances significativos con niveles de cobertura del 89,2% en población general y 93,7 % en niños de 3 años y más en primera dosis y 80,1 % en población general y 84,1% en niños de 3 años y más de esquemas completos, y más de QUINCE MILLONES (15.000.000) de dosis de refuerzo aplicadas, lo que significa una alta protección de la población para prevenir formas graves y mortalidad”, continuó.

En el caso de la aplicación Cuidar, se argumentó que “no resulta consistente con las nuevas medidas a disponer, por lo que resulta necesario dejar sin efecto su obligatoriedad“.

En su artículo 1 la decisión administrativa establece las recomendaciones vigentes para evitar el COVID-19, entre las que se encuentran “el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público“.

Del mismo modo, se recomieda continuar con “la higiene adecuada y frecuente de manos” y “ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público“.

Finalmente, en el artículo 4 de la resolución se estipula:

“Para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota- de una persona, se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 627/20″.

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