Habrá escrutinio electrónico pero los partidos podrán fiscalizar el proceso en tiempo real

escrutinio digital electrónico

La Cámara Nacional Electoral (CNE) determinó que se realice el escrutinio electrónico, a cargo de la cuestionada empresa Smartmatic. Sin embargo, le ordenó al Poder Ejecutivo que habilite a los partidos políticos a fiscalizar el proceso de conteo en tiempo real. Así, la CNE no hizo lugar al pedido para dejar de lado el sistema de escrutinio digital.

Cabe recordar que incluso rectores y vicerrectores de diferentes Universidades Nacionales habían manifestado su preocupación por el uso de este sistema.

La duda sobre la manipulación de las imágenes escaneadas

Concretamente, los fiscales de los diferentes espacios electorales podrán acceder en vivo y ver cómo se realiza la transmisión de datos. También el momento en el que la imagen escaneada se convierta de formato TIFF (imágen) a PDF (documento de texto).

La cuestión de la conversión de las imágenes escaneadas a documentos era uno de los puntos que más preocupaciones generaba. Efectivamente los apoderados del Partido Justicialista protestaron ante la CNE, entendiendo que era posible manipular las actas en ese punto del escrutinio digital.

¿Qué dice el resolución de la CNE?

El documento firmado por los magistrados Alberto Dalla Vía, Santiago Corcuera y por el secretario de Actuación Electoral, Sebastián Schimmel establece los alcances de los fiscales partidarios en su tarea como tales.

“A los señores jueces federales con competencia electoral y, por su intermedio, a las agrupaciones políticas contendientes en la elección, que -a priori- no existe impedimento alguno para que los fiscales partidarios acreditados en cada mesa de votación obtengan fotografías de la documentación de escrutinio de mesa”

Además, aclararon que “se deberá garantizar a las agrupaciones políticas contendientes una herramienta o acceso que les permita efectuar un seguimiento en tiempo real de los telegramas correspondientes a cada distrito”.

Concretamente, establecieron que tanto el Correo Argentino como la Dirección Nacional Electoral (DINE) “deberán arbitrar los medios que sean necesarios” para que los fiscales puedan tomar conocimiento en cualquier momento de:

  1. El estado de carga de los mismos
  2. Los datos cargados al sistema
  3. Las imágenes escaneadas

El escrutinio provisorio carece de relevancia jurídica

La CNE también aprovechó para señalar que el escrutinio provisorio es responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional. Además remarcaron que el escrutinio provisorio “constituye un elemento secundario o publicitario, carente de relevancia jurídica” y que pese a que posee “incuestionable trascendencia que tiene en la formación de la opinión pública” recordaron que es “inhábil para poner en tela de juicio la validez de los comicios o de sus resultados”.

La resolución completa de la Cámara Nacional Electoral

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