El exministro de Educación y actual senador nacional Esteban Bullrich impulsa un proyecto para que las huelgas sindicales en esta área no superen, en forma continua o discontinua, cinco días de duración en un mismo año. El legislador acompañó el proyecto con cuadros que marcan que desde el regreso de la democracia y hasta la actualidad, algunos distritos tuvieron un acumulado de casi 400 paros.
Bullrich argumenta que:
El Observatorio Argentinos por la Educación refleja en el nivel primario un porcentaje anual de 12 días de pérdida de clases en el período 1983/2018 por huelga docente. Algunos números preocupantes dan cuenta de que en el período 1983/2014, Río Negro tuvo 392 días menos de clase por huelgas docentes; Santa Fe, 315; Misiones, 83; Salta, 321; y la que menos, La Pampa, con 49 días perdidos. Al mirar estos números no quedan dudas: las huelgas docentes obstaculizan el aprendizaje dentro de la trayectoria escolar, generan grandes desigualdades en el acceso al saber y si bien el derecho a huelga es un derecho constitucional, asimismo lo es el derecho a la educación.
La iniciativa plantea modificar el artículo 11 de la Ley 14.786 (Conflictos del Trabajo). La propuesta reza:
Desde que la autoridad competente tome conocimiento del diferendo hasta que ponga fin a la gestión conciliatoria no podrá mediar un plazo mayor de 15 días. Este término podrá prorrogarse por cinco días más cuando, en atención a la actitud de las partes, el conciliador prevea la posibilidad de lograr un acuerdo. Vencidos los plazos referidos sin que hubiera sido aceptada una fórmula de conciliación ni suscrito un compromiso arbitral podrán las partes recurrir a las medidas de acción directa que estimaren convenientes. Si las medidas de acción directa afectan el ciclo lectivo anual, éstas no podrán superar -en forma continua o discontinua- los cinco días de duración en un mismo año.
Además, Bullrich asegura en los fundamentos del texto que:
Ningún derecho es absoluto y el derecho a huelga no debe ser la excepción. Consideramos que limitarlo a cinco días permite la convivencia del bien protegido por la libertad sindical así como el derecho a la educación, ambos de rango constitucional.
También explico:
Las políticas educativas implementadas por muchos países para avanzar en temas educativos se enfocan en la ampliación de la cobertura y la extensión de la jornada escolar entre otras. Más tiempo escolar, mejores trayectorias. Sin embargo, durante los últimos años se han producido numerosos conflictos docentes en toda la extensión de la República, incluyendo huelgas, o sea el paro total de actividades por lapsos prolongados. Entre los diversos motivos de tales eventos contaron, principalmente, reclamos salariales y laborales, así como quejas por el descuido de la infraestructura y los servicios asistenciales correspondientes a la enseñanza pública u oficial.
Según el senador, “para lograr el funcionamiento armónico de nuestro sistema jurídico es necesario que nadie pueda ejercer su derecho de manera absoluta, aun tratándose de aquellos con rango constitucional”.
Palabras vacías para una intentona de restringir por ley ordinaria un derecho constitucional, el derecho a huelga, con la excusa de defender otro derecho constitucional -la educación pública-, cuando en realidad, lo que debería hacer el senador en particular y el oficialismo en general, es trabajar para evitar los motivantes que llevan a la huelga, es decir, el pésimo salario docente y la cada vez más desmejorada infraestructura escolar.