La justicia laboral declaró hoy la “inconstitucionalidad” del decreto de necesidad y urgencia firmado por Mauricio Macri que ajustó fuerte las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte. De este modo, declararon anticonstitucional el decreto antitrabajo de Macri
El caso se relaciona con el reclamo laboral del periodista deportivo Miguel Ángel “Tití” Fernández, quien había iniciado la acción judicial contra la ART que desconoció las incapacidades laborales que sufrió por la sobrecarga de trabajo. Esto sucedió en un escenario de estrés post-traumático, después de la muerte de su hija Soledad durante la cobertura del Mundial de Fútbol Brasil 2014.
El fallo del juez laboral Alejandro Segura destroza el DNU de Macri, considerándolo “de carácter burdo”, “impropia del Estado de derecho” y “aberrante”, y sostiene que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.
El magistrado evaluó que la retroactividad argumentada en el artículo tercero en el decreto 669/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial no puede afectar las causas que ya estaban en marcha. El cuestionado artículo dice que las modificaciones dispuestas en ese DNU “se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”.
Segura se expidió en una causa iniciada por “Tití” Fernández, que reclamó a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él cubría el Mundial de Brasil 2014.
En su resolución, el juez utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó duramente al decreto de Macri. “¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?”, preguntó en sentido retórico.
En esa línea, afirmó que respondería a ambas preguntas “en forma negativa” por “el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General”.
Si el criterio del decreto Macri se pusiera en práctica, esa demanda quedaría atrapada en una retroactividad que iría en contra de la legislación vigente al momento en que fue presentada.
El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente “la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019”.
El cuestionado DNU de Macri había recibido el lunes pasado un dictamen en contra presentado por el fiscal Gabriel De Vedia , que dio curso a un amparo colectivo presentado por el Colegio de Abogados de Capital Federal.
Al hacer lugar a esa cautelar, el titular de la Fiscalía Nacional del Trabajo Nº3 pidió suspender la aplicación del decreto que modificó el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigentes en la ley 24.557.