El gobierno dispuso una nueva reglamentación para la ley 27.350 de cannabis medicinal que cumplimenta con un reclamo de la larga data: la habilitación del autocultivo y del cultivo solidario. También se habilita la venta en farmacias.
La nueva norma “facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos”, y busca hacer efectivo “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, también a través “autocultivo o el cultivo solidario”.
La organizanición Mamá Cultiva celebró la noticia a través de Twitter:
Somos muchas organizaciones de todo el país que pusimos el cuerpo para hoy celebrar este derecho ganado. Ahora a trabajar por leyes superadoras y una buena implementación! https://t.co/u7AJcHu4ey
— MamacultivaArg (@MamaCultivaArg) November 12, 2020
“Esta es la reglamentación que esperábamos desde marzo de 2017”, manifestó a Página|12 Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva. “Somos muchas las que nos organizamos en todo el país y le pusimos el cuerpo a esta lucha para celebrar un derecho ganado”, agregó.
Con la anterior reglamentación, a través del decreto 738/17, el macrismo implementó una ley restrictiva, por lo burocrática y por limitarse al tratamiento de epilepsia refractaria. Tampoco estaba contemplada la posibilidad del autocultivo o cultivo solidario.
Era una ley a medida de los tiempos que corrían, en tanto permitía y hacía necesaria la importación de aceite de cannabis y sus derivados, algo que suponía costos altos y encima, en dólares.
Como alternativa, el autocultivo o el cultivo solidario, aparece como alternativa para el grueso de las y los usuarios de cannabis medicinal, que satisfacen su demanda de cannabinoides a través del cultivo para sí o para un tercero que necesite.
Hoy en Argentina, existe una miríada de asociaciones cíviles que se encuadran en la temática del cannabis medicinal.En Bahía Blanca, por caso, es destacable el caso de REPROCANN, la Red de Profesionales para el estudio del Cannabis medicinal, que nuclea a profesionales de una variada selección de disciplinas y usuarias, usuarios medicinales de cannabis, así como sus familiares.
Con la nueva reglamentación, también se crea “un registro específico para usuarias y usuarios que cultivan Cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos”.
Curiosamente, en su artículo 8 se estipula la creación del Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), en que se podrán inscribir para poder recibir la autorización para el cultivo personal o de manera asociativa.
También se afirma la promoción de investigaciones clínicas y aquellas que realice “el Conicet, otros organismos de ciencia y técnica, Universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de Cannabis y sus derivados”.
“Existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir” argumenta el decreto.